martes, 11 de octubre de 2016

México: Diputados del PRI, PAN y CTM avalan reforma constitucional contra el derecho a huelga....por Nancy Cázares



Integrantes del PRI y del PAN, en comisiones del Senado, avalaron una reforma a la Constitución de acuerdo a los dictados de Peña Nieto, que restringe el derecho a huelga., en lo que podría considerarse uno de los golpes más fuertes en contra de los trabajadores desde la aprobación de la reforma laboral y que muestra el carácter reaccionario del régimen. Es urgente responder este ataque con organización y lucha.





Nancy Cázares@NancyCornejoCaz








La noche del miércoles, integrantes del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional asestaron un duro golpe en contra de los trabajadores. Por medio de comisiones en el Senado de la República en donde se emitía dictamen de la reforma laboral de Enrique Peña Nieto, avalaron una reforma constitucional que restringe el derecho a huelga y responde a los intereses de los empresarios y las trasnacionales.

La modificación dice: “Para obtener la celebración de un contrato colectivo de trabajo en cuyo caso el sindicato deberá acreditar previo al emplazamiento la representación mayoritaria de los trabajadores.”

En el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece el derecho a huelga como un derecho social de los trabajadores, aunque la misma Carta Magna lo limita al subordinarlo a "no alterar los factores de producción".

La huelga es una de las herramientas fundamentales de lucha de la clase obrera para resistir los abusos de la patronal y en defensa de sus conquistas. La huelga es un derecho de autodefensa y de ataque por el que el proletariado mexicano ha ofrendado sangre desde principios del siglo XX.

Por su parte, en la Ley Federal del Trabajo de los Estados Unidos Mexicanos, expedida en 1931 para reglamentar el artículo 123 constitucional, se establece la naturaleza jurídica de la huelga como “la suspensión temporal del trabajo” en uno o varios establecimientos de una empresa que tiene como fin “mantener equilibrio entre sectores de producción y la fuerza laboral”.

En México, la huelga pasó por distintas etapas: de ser considerada un delito por el Código Penal de 1871 -bajo el gobierno de Juárez estaba penada con la muerte-, a no estar prohibida, pero tampoco estaba regulada ni existía ninguna ley que la avalara. La Constitución de 1857 no contenía ningún derecho para los trabajadores y así fue hasta la institucionalización de la revolución mexicana, expresada en la Constitución de 1917.

Un año antes, ante la presión que estaba ejerciendo la Federación de Sindicatos Obreros del Distrito Federal, quien convocó a una huelga general el 31 de julio de 1916, el gobierno de Venustiano Carranza emitió un decreto el 1 de agosto de ese mismo año en donde se imponía pena de muerte a los huelguistas.

Los intentos por convertir el derecho a huelga en un delito no son nuevos. En abril de 1941, un decreto modificó en la Ley Federal del Trabajo el concepto de huelga para decir que se trataban de “la suspensión legal del trabajo”. Así, se declararon inexistentes las huelgas alegando su falta de legalidad. De igual forma, se añadió un artículo en donde se establecía que “los actos de los huelguistas de coacción o violencia moral” se sancionarían con prisión, multa y reparación del daño.

Una reforma reaccionaria

A la sesión en donde el PRI y el PAN madrugaron votando este ataque reaccionario, asistieron representantes de los empresarios. La modificación constitucional establece que sólo procederán los emplazamientos a huelga en casos de firma de contratos colectivos de trabajo, y siempre y cuando el sindicato demandante cuente con la representación mayoritaria de la base trabajadora. Se trata de un ataque en toda la regla por parte del gobierno y las instituciones del régimen político contra los trabajadores, para liquidar el derecho a huelga y someterlos a una condición semiesclavista en los centros de trabajo.

El priísta Enrique Burgos, aseguró que “buscan evitar que haya contratos de protección”, aunque lo cierto es que significa un retroceso importante, pues ponen a los trabajadores a merced de la patronal para obligarlos a no firmar un contrato colectivo y a afiliarse a los sindicatos blancos.

Integrantes de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (cuyo líder es el senador del PRI, Isaías González Cuevas), votaron a favor de esta medida. Asimismo, el secretario de finanzas de la Central de Trabajadores de México, pasó lista y votó a favor de esta reforma sin estar presente en la discusión.

Desde que, durante su gobierno, el panista Felipe Calderón presentara un proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo, elaborado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (entonces a cargo de Javier Lozano), podía verse cómo las propuestas de reformas eran claramente pro patronales. Intentando anular derechos como la contratación colectiva, la sindicalización, estabilidad, prestaciones, autonomía sindical y sí… la huelga. En 2011 el PRI presentó una iniciativa de reforma laboral que era, en esencia, la misma que había presentado el PAN.

Muchas de estas medidas se han ido aprobando durante la administración peñanietista. La reforma laboral no es sino la legalización de atropellos que ya se están implementando, como el outsourcing, limitación de libertades sindicales, negación de la firma de un contrato colectivo de trabajo, la eliminación de la estabilidad laboral, prestaciones y el derecho a la jubilación, así como elecciones sindicales por medio de votaciones públicas en donde, como en el caso de la planta Honda en Jalisco, la patronal pudo imponer un sindicato blanco.

La aprobación de esta reforma implica el fortalecimiento de los contratos de protección patronal. Así mismo, aumenta y respalda las facultades de los empresarios para imponer sindicatos a los trabajadores y acrecentar, de conjunto, el yugo que la explotación y precarización imponen ya sobre nuestras espaldas.

Esta reforma no salió de la nada. Surge de las condiciones creadas por al avance de la reforma calderonista del 2012. Si se pudo imponer, es por el rol conservador de las direcciones sindicales opositoras -como la Unión Nacional de Trabajadores, el SME, el sindicato minero- que no salieron a movilizarse seriamente para frenarla. Así como de la complicidad en los hechos, de partidos como el PRD que optó por la vía impotente del voto en contra en el Congreso. Por su parte, Andrés Manuel López Obrador (MORENA), simplemente se conformó con criticarla; pero se negó a convocar a sus miles de simpatizantes en el país para frenarla.
Existe un acuerdo en el régimen, en los hechos, para no confrontar a la patronal ni afectar sus ganancias. Sólo así se explica que un gobierno tan desprestigiado y deslegitimado como el de Peña Nieto instrumente sin mayores problemas este ataque contra los trabajadores.

Es urgente que los trabajadores respondan como uno solo, enfrentando esta reforma reaccionaria y en defensa del derecho a huelga. Las organizaciones y corrientes sindicales que se reclaman opositoras y democráticas no deben ser cómplices de esta ofensiva sobre las conquistas obreras: deben impulsar verdaderas acciones de lucha para defender este derecho inalienable de los trabajadores.


vía:http://www.laizquierdadiario.mx/Diputados-del-PRI-PAN-y-CTM-avalan-reforma-constitucional-contra-el-derecho-a-huelga?id_rubrique=1714

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