viernes, 9 de diciembre de 2011

Argentina: Cuevana.tv bloqueada por I-SAT ....Agencias-Kaos

La medida cautelar divulgada por FortunaWeb
El sitio Web de la revista Fortuna publicó días atrás una copia de la medida cautelar dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nº1, donde la parte actora (I-SAT) solicita a los proveedores de servicios de valor agregado de Internet (ISP) de Argentina tomar las medidas tendientes para detectar cualquier pedido que un usuario realice a través de Cuevana.tv, donde se requiera “acceso a” o “recepción” de tres contenidos propiedad de la señal, impidiendo que éstos pedidos lleguen a sus destinatarios.
Los contenidos corresponden a las series “Bric”, “Falling Skies” (De Steven Spielberg) y “26 personas para salvar el mundo” (Miniserie de Jorge lanata).
Cabe recordar que el viernes pasado, Cuevana denunció el bloqueo de su sitio por parte Telecentro, quien habría impedido durante algunas horas el ingreso al sitio a sus usuarios. Ésta medida tomada por la ISP estaría ligada a la medida cautelar antes citada.
El mismo día en que HBO presentó una demanda contra el portal Cuevana, I-Sat presentó oficios judiciales a la Secretaría de Comuniaciones, a la Comisión Nacional de Comunicaciones y una medida precautoria ante el Juzgado en Primera Instancia en lo Civil Nº1,. La parte actora solicitó que se decrete una medida cautelar consistente en ordenar a los proveedores de servicios de valor agregado en Internet (ISP) de Argentina, que tomen las medidas tendientes para detectar cualquier pedido que un usuario realice a través del sitio WEB CUEVANA T.V. requiriendo “acceso a” o “recepcion” de los contenidos de la propiedad intelectual de la actora correspondientes a las series “Bric“, “Falling Skies” y “26 personas para salvar al mundo“, e impedir que aquéllos pedidos lleguen a sus destinatarios.
Fundó la verosimilitud del derecho en su carácter de titular de los derechos de autor de las series individualizadas precedentemente, conforme surge la documentación acompañada con el escrito de inicio y en el art.9° de la ley 11.723 que establece que “..nadie tiene derecho a publicar, sin permiso de sus autores o de sus derechohabientes, una producción científica, literaria, artística o musical que se haya anotado o copiado durante su lectura, ejecución o exposición públicas o privadas..”.
Destacó que el peligro en la demora radica en el uso ilícito verificado lo que provoca un daño actual, ya que cada vez que un usuario accede a las series de su propiedad, se constituye un daño que se continúa e incrementa en la medida en que las series sigan siendo accesibles a los usuarios de Cuevana T.V.

Adjuntó informe técnico expedido por un ingeniero en informática.
Ofreció como contracautela caución juratoria.

Vìa :
 http://www.kaosenlared.net/noticia/argentina-cuevana.tv-bloqueada-i-sat

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