Como respuesta al pedido que hiciera la
presidenta en la Asamblea Legislativa del 1 de marzo de este año, todos
los partidos patronales, el oficialista y los opositores, presentaron
sus respectivos proyectos tendientes a deslegitimar y reprimir la
protesta social.
El primer proyecto del Frente para la Victoria contiene algunos artículos literalmente copiados de un decreto de Pinochet, y establece qué debe entenderse por protesta “legítima” e “ilegítima”. La clave de toque es que no entorpezca el transporte público y que no se cometan delitos. Teniendo en cuenta que interrumpir el tránsito es un delito en el código penal, y obstaculizarlo una contravención, cualquier manifestación puede ser definida como ilegítima.
La manifestación, para que sea “legítima”, deberá ser notificada a las autoridades policiales con 48 horas de anticipación y deberá contener términos claros de petición. Ni se le ocurra al campo popular marchar por el no pago de la deuda externa, o por la libertad de los presos políticos, o en repudio a las políticas de los países imperialistas o del sionismo, o salir a la calle apenas ocurre algo que merece una respuesta popular.
Además, los manifestantes deberán designar un delegado para la mediación, lo que no es más que una forma burda de facilitar la identificación de los referentes para luego iniciarles causas penales.
La represión de las manifestaciones que la autoridad entienda que son ilegítimas, está autorizada por el artículo 10 del proyecto, aunque tiene que haber una mediación previa, obligatoria, que haya fracasado. Sin embargo, la mediación no es para dar satisfacción a las necesidades que impulsaron la manifestación, sino para lograr que se disperse en menos de dos horas, mientras el “mediador” canaliza las demandas al sector del gobierno correspondiente. La ley, en este punto, muestra un cinismo de lo más pérfido, ya que la mayoría de las protestas callejeras se producen luego de meses de ninguneo de parte de ministerios y secretarías, expertos en bicicletear a los más necesitados.
Luego, la ley intenta mostrar una regulación del ejercicio de la represión que ya existe y que, por supuesto, nunca se cumple, como es la utilización de armas no letales, la prohibición de uso de armas de fuego a corta distancia o la prohibición de apuntar a los manifestantes. La experiencia muestra que armas, a priori no letales, se vuelven letales a corta distancia, como el disparo de postas de goma que han matado más de una vez, o como sucedió en el caso de Fuentealba con el disparo de una escopeta lanzagases.
Como consecuencia de la presentación de este proyecto, algunas organizaciones kirchneristas manifestaron su desacuerdo, y apareció un segundo proyecto oficialista con algunos cambios menores y de forma. Sin embargo, la protesta, como tal, se caracteriza precisamente por desarrollarse fuera de los cauces institucionales o legales, que son diseñados para entorpecer los reclamos, más que para satisfacerlos. Por ello, todo intento de reglamentación de la protesta, trae aparejada su negación y represión. La pretensión de regularla implica la de reglamentar la rebeldía, es decir, un contrasentido.
El derecho, en una sociedad dividida en clases, es el derecho de la clase dominante, aplicado por el Estado de la clase dominante a través de sus funcionarios. Es el lenguaje de los capitalistas, no de los trabajadores.
El lenguaje de los trabajadores, en cambio, ha sido siempre el de la lucha organizada en las calles, la única forma de derrotar estos embates represivos.
http://correpi.lahaine.org
vía:
http://www.lahaine.org/index.php?p=77464
El primer proyecto del Frente para la Victoria contiene algunos artículos literalmente copiados de un decreto de Pinochet, y establece qué debe entenderse por protesta “legítima” e “ilegítima”. La clave de toque es que no entorpezca el transporte público y que no se cometan delitos. Teniendo en cuenta que interrumpir el tránsito es un delito en el código penal, y obstaculizarlo una contravención, cualquier manifestación puede ser definida como ilegítima.
La manifestación, para que sea “legítima”, deberá ser notificada a las autoridades policiales con 48 horas de anticipación y deberá contener términos claros de petición. Ni se le ocurra al campo popular marchar por el no pago de la deuda externa, o por la libertad de los presos políticos, o en repudio a las políticas de los países imperialistas o del sionismo, o salir a la calle apenas ocurre algo que merece una respuesta popular.
Además, los manifestantes deberán designar un delegado para la mediación, lo que no es más que una forma burda de facilitar la identificación de los referentes para luego iniciarles causas penales.
La represión de las manifestaciones que la autoridad entienda que son ilegítimas, está autorizada por el artículo 10 del proyecto, aunque tiene que haber una mediación previa, obligatoria, que haya fracasado. Sin embargo, la mediación no es para dar satisfacción a las necesidades que impulsaron la manifestación, sino para lograr que se disperse en menos de dos horas, mientras el “mediador” canaliza las demandas al sector del gobierno correspondiente. La ley, en este punto, muestra un cinismo de lo más pérfido, ya que la mayoría de las protestas callejeras se producen luego de meses de ninguneo de parte de ministerios y secretarías, expertos en bicicletear a los más necesitados.
Luego, la ley intenta mostrar una regulación del ejercicio de la represión que ya existe y que, por supuesto, nunca se cumple, como es la utilización de armas no letales, la prohibición de uso de armas de fuego a corta distancia o la prohibición de apuntar a los manifestantes. La experiencia muestra que armas, a priori no letales, se vuelven letales a corta distancia, como el disparo de postas de goma que han matado más de una vez, o como sucedió en el caso de Fuentealba con el disparo de una escopeta lanzagases.
Como consecuencia de la presentación de este proyecto, algunas organizaciones kirchneristas manifestaron su desacuerdo, y apareció un segundo proyecto oficialista con algunos cambios menores y de forma. Sin embargo, la protesta, como tal, se caracteriza precisamente por desarrollarse fuera de los cauces institucionales o legales, que son diseñados para entorpecer los reclamos, más que para satisfacerlos. Por ello, todo intento de reglamentación de la protesta, trae aparejada su negación y represión. La pretensión de regularla implica la de reglamentar la rebeldía, es decir, un contrasentido.
El derecho, en una sociedad dividida en clases, es el derecho de la clase dominante, aplicado por el Estado de la clase dominante a través de sus funcionarios. Es el lenguaje de los capitalistas, no de los trabajadores.
El lenguaje de los trabajadores, en cambio, ha sido siempre el de la lucha organizada en las calles, la única forma de derrotar estos embates represivos.
http://correpi.lahaine.org
vía:
http://www.lahaine.org/index.php?p=77464
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