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Boletín de prensa
OSC de DH / Personalidades
OSC de DH / Personalidades
Antecedentes:
El 29 de febrero de 2012, la empresa Monsanto Comercial S.A. de C.V.
solicitó a la SEMARNAT permiso para laliberación al ambiente de Soya
Solución Faena -semilla genéticamente modificada y tolerante al
herbicidaGLIFOSATO- para su cultivo comercial en253,500
hectáreasregiones de Yucatán, Planicie Huasteca(Tamaulipas, Hidalgo, San
Luis Potosí, Veracruz) y en los municipios de Acacoyagua, Acapetahua,
Cacahoatán,Escuintla, Frontera Hidalgo, Huehuetán, Huixtla, Mazatán,
Metapa, Suchiapa, Suchiate, Tapachula, Tuxtla Chico,Tuxtla Gutiérrez,
Tuzantán, Villa Comaltitlán y Villaflores de Chiapas..
De inmediato productores, comercializadores y exportadores de miel de
la península de Yucatán presentaron unAmparo ante los Juzgados de
Distrito en materia Administrativa por violar el derecho de los pueblos a
la consultapública, lo que presupone contar con información oportuna y
suficiente; y el derecho a la participación y al trabajo,con el objetivo
de suspender los permisos de siembra de Soya transgénica para evitar la
violación de los derechoshumanos de los apicultores 1.
El 24 de mayo de 2012, la Red sin Maíz no hay País, denunció ante la
opinión pública nacional e internacional laemisión de un dictamen
ambiental de SEMARNAT favorable a MONSANTO para la liberación al
ambiente de laSoya Transgénica de referencia, que permitiría la siembra
de esa semilla en los estados y superficiemencionados, a partir del
ciclo agrícola primavera-verano 2012 con vigencia indefinida. Indicando
que las zonasde afectación son contiguas a áreas naturales protegidas.
Este dictamen es contrario al realizado por la Comisiónde Áreas
Naturales Protegidas (CONANP) en donde se señala que “…si bien la
liberación de Soya GenéticamenteModificada… no se pretende realizar
dentro de ninguna de las áreas naturales… es evidente que existe riesgo
deafectación indirecta hacia ellas por contaminación de glifosato, así
como por la... polinización. Por tal motivo sesugiere… considere la
posibilidad de tal actividad sea analizada…desde la perspectiva de la
evaluación deimpacto ambiental…[tal como lo establece el artículo 28 de
la Ley General de Equilibrio Ecológico y la ProtecciónAmbiental]…” El
Instituto Nacional de Ecología tampoco consideró conveniente la
liberación de la semilla dereferencia debido a que no se ha generado
información suficiente sobre los riesgos que su cultivo podría generar
en el ambiente, la diversidad y la salud 2.
El 30 de mayo de 2012, la Unión de Científicos Comprometidos con la
Sociedad (UCCS), a través de la doctora Elena Alvarez Buylla envió a la
SAGARPA una petición firmada por 660 científicos para solicitar a su
titular noautorizara la solicitud de la siembra de 253,500 hectáreas de
Soya Transgénica (evento MON-04032-6) en los estados mencionados por
contener “…genes de bacterias que le permiten ser resistente al
herbicida glifosato…que implican … efectos nocivos [sobre] la
biodiversidad, la economía campesina y la soberanía alimentaria… 3
El 6 de junio de 2012, el comunicado de prensa número 276/12 publicado
en el sitio de internet del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y
Calidad Agroalimentaria, da a conocer la expedición del permiso No.
007/2012 solicitado por Monsanto para la siembra de soya transgénica en
los Estados de Campeche, Yucatán, Quintana Roo, San Luis Potosí,
Veracruz, Tamaulipas y Chiapas.El 14 de junio de 2012 organizaciones
civiles e investigadores independientes pidieron al Relator de la ONU
parael Derecho a la Alimentación, Oliver De Shutter, ampliara su
recomendación de declarar la moratoria para los experimentos sobre el
terreno y el cultivo de maíz transgénico con fines comerciales -dado su
dañino efecto ecológico, agronómico, social y económico- a la siembra
comercial de la soya transgénica por considerar que su cultivo viola el
derecho a la alimentación de los pueblos Mayas y Zoques ubicados en los
polígonos de siembrasolicitados por Monsanto.
El 26 de junio de 2012 organizaciones de la sociedad civil, apicultores
y campesinos de Chiapas, presentaron unamparo por violaciones al marco
constitucional y a tratados internacionales al “vulnerar los derechos
humanos agozar de un medio ambiente sano, al trabajo y a la consulta
pública para los pueblos indígenas”, así como por lainconstitucionalidad
de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, por
no regular demanera adecuada el principio precautorio ni una verdadera
participación de las comunidades indígenas cuandopuedan ser afectadas 4.
Ante la gravedad del contexto descrito, las organizaciones y personas
abajo firmantes decidimos, como parte del pueblo mexicano, interponer un
amparo contra el permiso otorgado a MONSANTO porque genera las
múltiplesviolaciones a derechos civiles, políticos, económicos,
sociales, culturales y ambientales; avalados por el Estado,que
enumeramos a continuación:
Afectaciones al Medioambiente, la biodiversidad y el conocimiento indígena y campesino.
Chiapas y Oaxaca concentran la mayor mega diversidad de México.
Biodiversidad que resulta de las disposiciones geológicas y
biogeográficas, y su vínculo indisoluble con la diversidad cultural
concentrada en esos estados. Por tanto, la autorización de la liberación
del cultivo de soya en Chiapas es un riesgo importante para la
biodiversidad. El polígono de siembra autorizado en Chiapas se localiza
en las colindancias de áreas naturales protegidas comola Reserva de la
Biosfera El Triunfo, la Encrucijada, la Reserva de la Biosfera La
Sepultura, el Área de Protección de los Recursos Naturales La
Frailescana, la Zona Sujeta a Conservación Pico El Loro Paxtal, la
Reserva de la Biosfera Volcán Tacana, el Área Natural Típica La
Concordia Zaragoza, el Parque Cañón del Sumidero. Corredores biológicos
que sin duda, serán afectados por la acción del viento y el proceso de
polinización. Sin que pase desapercibido que estas áreas se encuentran
habitadas por pueblos tzotziles, tzeltales, Zapotecos, Mame y Chuj,
quienes hacen manejos de los espacios naturales, por tanto sus
conocimientos respecto del territorio también se verán afectados.
Otro elemento que también se pone en riesgo es la biodiversidad del
maíz, ya que la siembra de 30,000 has de soya transgénica en Chiapas
entre junio y julio de este año ha sustituido el cultivo de la milpa en
espacios donde tradicionalmente se ha hecho. Cabe señalar que la siembra
de Soya Solución Faena al no ser un cultivo nativo no solo erosiona la
diversidad de este cereal, sino también lo hará con los frijoles
nativos, y en consecuencia sobre el conocimiento campesino e indígena
asociado. Esto refleja que están en juego los agroecosistemas
tradicionales campesinos, que a su vez son reservorios de germoplasma de
maíces, frijoles, calabazas, chiles, tomates. Es decir que se ha puesto
en riesgo el patrimonio genético desarrollado por campesinas y
campesinos que, conservado in situ, es la única manera de responder a
situaciones adversas devenidas de la actual transformación estructural
del clima. Por ello advertimos que está en inminente peligro el sustento
cultural de Mesoamérica, base indisoluble de nuestra soberanía
alimentaria.
Dada la composición de suelos calcáreos en Chiapas, como en la región
de la Península de Yucatán, la aplicación de glifosato asociado a la
soya solución faena representa un riesgo de incalculable magnitud al
filtrarse a los mantos freáticos y escurrir a la Costa Chiapaneca. La
Zona de la Costa-Soconusco es susceptible de desplazamientos constantes,
de ahí que los ecosistemas costeros, manglares, sistemas riparios,
flora, fauna pesquera y microorganismos marinos; además de los sistemas
productivos de pescadores, se encuentran en grave amenaza.
Afectación a la economía campesina y el fomento del monopolio y el latifundio
La siembra de Soya Solución Faena® en nuestro estado, implica un riesgo
al generar una fuerte concentración de tierra por vía del uso
productivo en razón de la actividad monopólica que la empresa Monsanto
ha demostrado entodo el mundo, pues la superficie total sembrada con
soya biotecnológica a nivel mundial durante 2011 alcanzo 75.4 millones
de hectáreas, que equivalen al 47% de la superficie sembrada con
biotecnología globalmente. Por lo tanto el proceso de siembra y
ejecución de los contratos con los llamados “solicitantes” del grano, es
resultado directo de la aplicación de normas inconstitucionales, así
como del permiso en mención, ya que se propiciará la concentración y
acaparamiento de tierras en los pocos empresarios que cuentan con
recursos económicos suficientes, lo cual viola el derecho de propiedad
contenido en el artículo 27 de la Constitución que, entre otras
disposiciones, establece como obligación del Estado dictar las medidas
necesarias para “…ordenar... destinos de tierras, aguas y bosques, a
efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación,
conservación,para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el
fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en lostérminos de la
ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los
ejidos y comunidades; ...para evitar la destrucción de los elementos
naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la
sociedad.”
Un estudio reciente de la FAO menciona que en México la vía para
concentrar tierras no ha sido por medio del mercado de tierras, sino
mediante el control de los procesos productivos. Así vemos que las
agroindustrias prefieren rentar la tierra o aplicar otros esquemas de
control de la producción –proporcionan semillas e insumos, habilitan al
productor y comprometen la cosecha– para generar economías de escala. En
los últimos treinta años se está dando, por un lado, la concentración
de tierras vía la agroindustria asociada a la polarización económica ya
que las agro-empresas concentran grandes volúmenes de producción que
procesan y comercializanespecialmente en el mercado internacional.
Por otro lado, vemos una gran cantidad de medianos y pequeños
productores que surten de materias primas a estas empresas. Otro factor
que pone en riesgo la integridad jurídica de los pueblos y comunidades
indígenas y campesinas afectadas en Chiapas, consiste en imponerles
acuerdos comerciales sobre derechos de propiedad intelectual (ADPIC),
obligándolos a resolver las controversias que se originen en tribunales
internacionales de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en donde
los y las campesinas están en total desventaja. Antecedentes, como el
caso del campesino canadiense Percy Shmeicer que fue demandado por
Monsanto, nos dan una muestra del riesgo en el que están los
ejidatarios. Según el Centro para la Seguridad de los Alimentos, una ONG
con sede en Washington, D.C., "Monsanto ha investigado a cientos de
agricultores por violación de la patente o del contrato. Ha demandado a
90 agricultores en 25 estados federales y ha ganado más de 15 millones
de dólares con las sentencias.”5
En los contratos que Monsanto hace firmar a los agricultores, según
aparece en su solicitud, se señala que: “Los agricultores cooperantes
firman un contrato con la promovente por el cual adquieren una licencia
para adquirir semillas de soya SF. En apego a dicho contrato se obligan a
seguir las instrucciones de la promovente en cuantoal uso de la
tecnología". De tal forma, se han dejado de observar las prerrogativas
contenidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), que reconocen las aspiraciones de los pueblos indígenas a
asumir el control de sus propias instituciones, formas de vida y
desarrollo económico, así como a mantener y fortalecer sus identidades,
lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en donde viven;
siendo la norma más taxativa respecto a sus derechos de identidad,
cultura, posesión y propiedad sobre su territorio.
La autorización de la SAGARPA y SEMARNAT a la solicitud de Monsanto
también es violatoria del artículo 28 de nuestra Constitución, al
favorecer las prácticas monopólicas, ya que se generara el acaparamiento
de la distribución y comercialización para la transformación industrial
y alimenticia de la soya, poniéndose en riesgo nosolo la producción
nacional de oleaginosas, sino que afecta directamente a la producción
campesina familiar locala pequeña escala, controlando toda la cadena de
valor de la producción de soya, como también lo muestra la propia
solicitud de Monsanto. Esta situación implicará, además del despojo a
las comunidades indígenas de susterritorios tradicionales, la pérdida
irreparable de los medios materiales para su subsistencia; migración y
desplazamiento forzado debido a las disputas internas y divisiones en
las comunidades.
El permiso a Monsanto corre en detrimento del derecho al trabajo de los
productores de miel, quienes han visto parada su producción por las
restricciones de la Unión Europea referentes a la moratoria en relación a
los organismos genéticamente modificados que ha hecho vigente a
consecuencia de la contaminación de miel. De ahí que todos los actos de
esta liberación y siembra comercial son inconstitucionales por
contravenir, al menos, la obligación de prevenir las violaciones al
derecho al trabajo, consagrado en los artículos segundo, apartado B,
fracción VII, quinto y 27, fracción XX constitucionales, interpretados
bajo los principios de interdependencia eindivisibilidad y a la luz de
sus correlativos de fuente internacional. Así, la producción local,
queda abolida por lanacional en expansión.
Contraviene de igual modo el derecho al trabajo de campesinas y
campesinos que subsisten de una economía familiar basada en el
autoconsumo y una producción a pequeña escala, pues la gran escala
agroindustrial, comoes el caso de esta siembra de Monsanto, limita el
trabajo de otros en razón de su propia expansión abaratandolos costos de
su producción, usando medios productivos campesinos, con fines de renta
máxima.
Violaciones a los Derechos de los pueblos indígenas
Los municipios que se verán afectados con el cultivo comercial de la
Soya Solución Faena, como se ha mencionado, concentran a diversos
núcleos de población indígena, organizados en ejidos y comunidades, a
quienes no se les respetó el derecho de consulta previa, establecido en
instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas, para obtener su consentimiento libre e informado antes de
aprobar ese proyecto que afectará directamente su salud, su
alimentación, sus tierras, territorios y recursos naturales.
La decisión de la SAGARPA hace invisible el derecho a la libre
determinación de los pueblos indígenas, privándolos de sus propios
medios de subsistencia, borrando el reconocimiento a sus saberes
ancestrales, a su patrimonio cultural, a su identidad, convirtiéndolos
en objeto de explotación de las trasnacionales. Las autoridades
mexicanas, al proteger a las trasnacionales cometen una flagrante
violación al mandato constitucional establecidoen el artículo 39 de la
Constitución Federal, de gobernar en beneficio del pueblo mexicano.
Esta medida también refleja la discriminación de género contenida en
los proyectos gubernamentales ya que nose consideraron los efectos que
el cultivo de soya transgénica traería a las mujeres indígenas y
campesinasquienes tradicionalmente conservan las semillas criollas,
trabajan y cuidan la tierra. La autorización gubernamental de permitir
la siembra de soya transgénica ha desconocido el importante papel que
ellas desempeñan en lasupervivencia económica de su familia, de la
comunidad y de la nación y pone en riesgo inminente su salud, la de sus
hijas e hijos, la posesión de sus tierras, su seguridad alimentaria, y
aun su integridad física al exponerlas a acciones violentas de despojo
ocasionadas por el interés de concentrar y acaparar tierras para la
siembra del cultivo referencia, violando las disposiciones contenidas en
instrumentos específicos de protección a los derechos de las mujeres,
como la Convención para eliminar todas las formas de discriminación
hacia las mujeres (CEDAW) así como en el artículo 1 de la Constitución
Mexicana.
Afectación del Derecho a la Salud
En la expedición del permiso otorgado a MONSANTO tampoco se evaluaron
las consecuencias que seocasionaría a la salud de hombres, mujeres y
niñas y niños. Según amplios estudios científicos, el glifosato puro
omezclado [como en Roundup Ready®] puede causar irritación en los ojos,
enfermedades respiratorias, malformaciones en bebés y abortos
espontáneos; es carcinogénico, deteriora las células, e incluso puede
alterar la estructura de ADN, por tanto no solo afecta a las personas
expuestas sino que a todas las futurasgeneraciones.
Bajo este contexto, en 2009, el “Observatorio del Glifosato”, encontró
que los niños expuestos al glifosato sufrieronde malformaciones, cáncer,
insuficiencia renal, enfermedades respiratorias y hepáticas. Un dato
significativo esque 1/3 de las muertes de niños y adolescentes en el
grupo de edad de 0-19 años es atribuible a la contaminacióndel agua y
saneamiento, y sustancias químicas. 6
Se ha comprobado que el glifosato daña a los embriones y la placenta de
humanas y animales, provocando abortos y malformaciones. En el estudio
“Daños a la salud de Soya Solución Faena (Soja transgénica RR)
modificada para tolerar el uso delherbicida Roundup elaborado con base a
glifosato”, se establece que afecta la producción de progesterona y
propicia la muerte de células placentarias, como antecedente jurídico se
menciona el caso de una mujer en Argentina (2001) que dio a luz a un
niño con una malformación que le ocasionó la muerte. Este caso dio lugar
a la documentación de más de 190 casos de cáncer y malformaciones
atribuibles a la fumigación con glifosato. 7
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que el glifosato
está encuadrado en la máxima categoríade las sustancias tóxicas para el
ser humano, “siendo capaz de romper la cadena de ADN de una célula
humana,la que podría continuar con vida y degenerar en enfermedades
terminales” 8 poniéndose en riesgo la vida del ser humano y de las generaciones futuras.
En razón de todo lo anterior, declaramos que:
Consideramos que la autorización para que Monsanto siembre soya
solución faena en Chiapas y en el país, constituye un desastre socio
ambiental de incalculables pérdidas para los mexicanos, ya que ninguna
cifra económica reparará el daño que se ha producido sobre los ciclos
naturales de la tierra, la costa, la naturaleza, y eltrabajo campesino.
En la actual coyuntura político-electoral, de confirmarse el retorno del
Partido Revolucionario Institucional (PRI) ala presidencia de la
república mexicana, la situación se agrava, pues la organización
campesina corporativa deeste partido, la Confederación Nacional
Campesina (CNC), ha firmado desde abril del 2007 un convenio con
laempresa Monsanto para la siembra no solo de soya, sino de otras
variedades transgénicas, así como de siembrasde maíces criollos
susceptibles de apropiación a favor de Monsanto.
Por lo tanto, renunciando a cualquier transacción económica que pueda derivarse de esta demanda;
Exigimos:
1. Que el estado mexicano cancele de inmediato la autorización para la
liberación al ambiente de soyagenéticamente modificada (soya solución
faena) en fase comercial, y todos los demás actos que seencuentren
vinculados o sean consecuencia de esa acción.
2. Que se ordene a la Empresa Monsanto comercial S.A. de C.V. hacer
pública toda la información sobrelos contratos firmados en los polígonos
de siembra en Chiapas y en México
3. Que se ordene a Monsanto hacer pública toda la información
disponible relativa a los impactosambientales ocasionados a los
ecosistemas terrestres y marino-costeros, a su flora y a su fauna.
4. Que se ordene a Monsanto abstenerse de continuar con la siembra de
transgénicos en el campoMexicano, en específico en Chiapas.
Las personas y organizaciones presentes convocamos a otras
organizaciones campesinas, indígenas, ongs, científicos comprometidos
con la sociedad, consumidores y personas en general para que se sumen a
esta denuncia cuyo propósito es la CANCELACION DEFINITIVA DE LA SIEMBRA
DE SOYA TRANSGENICA en Chiapas y en México, así mismo los invitamos a
constituirnos en una red por la defensa de nuestra soberanía
alimentaria, el derecho de nuestros pueblos, y la defensa de la vida
misma.
2 http://www.otrosmundoschiapas.org/index.php/transgenicos/74-transgenicos/1252-ialerta-mexico-amenaza-de-transgenicos-y-monsanto.html
4 http://www.greenpeace.org/mexico/es/Prensa1/2012/Junio/INTERPONEN-AMPARO-ORGANIZACIONES-Y-APICULTORES-CONTRA-AUTORIZACION-DE-SIEMBRAS-DE-SOYA-TRANSGENICA/
6 Francisco Vargas Marcos, Subdirector General de
Sanidad Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Sanidad yConsumo de
España.
7 Una madre contra el glifosato. Disponible en: www.pagina12.comar/diario/sociedad/3-196270-2012-06-13-html
Atentamente
Centro de Derechos de la Mujer de Chiapas, A.C.
Centro de Capacitación y Educación en Derechos Económicos, Sociales y Culturales “CCEDES”, A.C.
Desarrollo Comunitario Chiapaneco, A.C.
Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa
Grupo de Mujeres de San Cristóbal De Las Casas A.C. (COLEM)
Maderas del Pueblo del Sureste, A.C.
Ana Luz Valadez Ortega
Martha Guadalupe Figueroa Mier
Victor Hugo López Rodríguez
Keila Nallely Bazán Briano
Sofía Olhovich Filonova
Mauricio Arellano Nucamendi
Dora Julieta Hernández Gómez
Flor Marina Bermúdez Urbina
Guadalupe Hernández Hernández
María Mercedes Olivera Bustamante
Marta Julia Mendoza Galvez
Carlos Manzo
Francisco Cuitlahuac Aguilar Pinto
Isabel Lozano Maurer
Rosaluz Pérez Espinosa
Mercedes Osuna
Centro de Capacitación y Educación en Derechos Económicos, Sociales y Culturales “CCEDES”, A.C.
Desarrollo Comunitario Chiapaneco, A.C.
Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa
Grupo de Mujeres de San Cristóbal De Las Casas A.C. (COLEM)
Maderas del Pueblo del Sureste, A.C.
Ana Luz Valadez Ortega
Martha Guadalupe Figueroa Mier
Victor Hugo López Rodríguez
Keila Nallely Bazán Briano
Sofía Olhovich Filonova
Mauricio Arellano Nucamendi
Dora Julieta Hernández Gómez
Flor Marina Bermúdez Urbina
Guadalupe Hernández Hernández
María Mercedes Olivera Bustamante
Marta Julia Mendoza Galvez
Carlos Manzo
Francisco Cuitlahuac Aguilar Pinto
Isabel Lozano Maurer
Rosaluz Pérez Espinosa
Mercedes Osuna
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 7 de julio de 2012
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos
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