El conocimiento del bien y de sus exigencias es la verdad que hace posible los actos buenos,…. y como nadie, salvo un demente, desea su propio mal, quien hace el mal a un particular o a la ciudad, no sabe lo que hace. La causa del mal es la ignorancia. Conocido el bien no cabe sino practicarlo. Debemos concluir que el conocimiento nos libera del mal y que el sabio tiende hacia eso».
Breve historia de la Filosofía (1997)
[Extracto del libro escrito por Humberto Giannini]
El Bien Común es el conjunto de condiciones sociales que permiten y favorecen en los seres humanos el desarrollo integral de todos y cada uno de los miembros de la comunidad.
El Bien Común dinamiza el desenvolvimiento de un orden social justo que armoniza los aspectos individuales y sociales de la vida humana. Es responsabilidad de todos definirlo y construirlo.
El Bien Común, es un “bien” genuino y es auténticamente “común”. Que sea “bien” quiere decir que da satisfacción a las necesidades del ser humano en su entera naturaleza; es “común” porque es un bien de la sociedad entera.
El Bien Común es de todos y para todos. No promueve la ventaja de un grupo o clase alguna, sino el beneficio de todos, cualquiera que sea el carácter o la función que las comunidades realicen en la sociedad.
No puede excluirse a nadie de los beneficios del bien común argumentando pertenencia a Nación, religión, sexo, raza, convicción política o posición social. Nadie, ni los aún no nacidos ni las siguientes generaciones deberán ser excluidos de tales bienes. Esta generación debe cuidar responsablemente los bienes y recursos necesarios para las generaciones por venir.
La realización del Bien Común simultáneamente implica la justicia, la seguridad, la defensa del interés general, el respeto y la protección de la persona y sus derechos.
El Bien Común es concreto, porque siempre es una realidad tangible, un medio organizado conforme a los mejores recursos del momento. El Estado tiene como misión cuidar directamente, mediante una amplia planificación y coordinación de la cooperación social, todas las necesidades existenciales de sus miembros, contando con una amplia gama de políticas públicas además de un amplio sistema de derechos humanos que protejan a las personas en todas las eventualidades de la vida, proporcionándoles la ayuda que necesitan. Sin efectivas garantías de los derechos fundamentales del ser humano, no cabe realización alguna del Bien Común, y sin democracia participativa decae el perfeccionamiento continuo de la comunidad en la búsqueda de su bien propio. La justicia social se promueve mediante la participación de todos en la definición, construcción, realización y disfrute del bien común; su definición en común es lo que constituye la democracia participativa.
La construcción del Bien Común es participable, en cuanto todos los miembros de la comunidad pueden y deben cooperar a integrar el conjunto ordenado de las condiciones sociales.
En el ejercicio del Bien Común deben repartirse las cargas de acuerdo a las posibilidades y los beneficios en función de las auténticas necesidades de personas y grupos. Esto se logra a través del correcto ejercicio de la autoridad bajo el criterio de subsidiariedad. Este pilar se puede entender también como principio de subsidiariedad total. No podrá construirse el orden social necesario si solamente existe buena fe o buena voluntad, siendo también necesaria la eficacia real en la construcción del bien común. El principio de subsidiariedad, en su definición más amplia, dispone que un asunto debe ser resuelto por la autoridad (normativa, política o económica) más próxima al objeto del problema.
Según las ideologías el bien común tiene interpretaciones diferentes. Los sistemas políticos colectivistas consideran el bien común como la suma de los valores sociales para el servicio de la comunidad quedando el individuo supeditado al fin de la sociedad. Se identifica el bien común con el bien social. La ideología liberal profesa rectamente la prioridad del individuo sobre la sociedad y el Estado, pero descuida la atención a las condiciones sociales. Contra el liberalismo es preciso afirmar que el bien común tiene carácter supraindividual, es un bien social en sí mismo
No pueden considerarse como elementos principales del bien común algunas determinaciones negativas de la vida social. Por ejemplo frenar los vicios de la vida social mediante una actividad legislativa, sin procurar los medios necesarios para evitar que se produzcan. El bien no es la restricción del mal.
El bien común es el bien de toda la sociedad: el conjunto social se orienta a un bien general, que ha de ser compartido por todos y cada uno de los individuos. La sociedad humana es una sociedad de personas. El bien común, es pues el bien del todo, al cual contribuye cada uno de los individuos y en consecuencia de él participan todos. Se requiere que la participación en el bien común sea justa. El dinamismo del bien común de un pueblo viene regido por la Cooperación común y el Reparto proporcional.
La Iglesia Católica promulga su interés en el bien común pero matiza protegiendo la propiedad privada: "Quedando siempre a salvo los derechos primarios y fundamentales, como el de la propiedad, algunas veces el bien común impone restricciones a estos derechos" (Pío XI).
Según la Iglesia Católica en estos casos el propietario debe ser recompensado convenientemente. Y generosamente nos recuerda: No hay que olvidar la función social de la propiedad. Los bienes poseídos, en cuanto sobrepasan a la digna sustentación del propietario, deben destinarse por éste a actividades en favor de los demás. De lo contrario, es fácil caer en el uso injusto de las riquezas. El respeto al Bien Común es lo que preserva, asegura y propicia el desarrollo de los diversos bienes particulares, los cuales se ordenan con base en él.
Y continúa: Aunque las necesidades urgentes deben ser atendidas pronto, no deben hacer olvidar las verdaderamente importantes: educación, valores éticos o religiosos, protección de la familia,…la persona humana está ordenada directamente a Dios, como su último fin absoluto, ésta ordenación directa a Dios trasciende todo BIEN COMUN creado. La concepción colectivista del bien común es injusta, dado que tal igualitarismo es contrario a la justicia que demanda que se dé a cada uno lo que le pertenece.
El Bien Común permite desplegar las fuerzas de las personas y comunidades al máximo, con el fin de alcanzar su propia perfección en un marco de justicia social. La máxima expresión del mismo, es un orden social cooperativo y solidario
La realización del Bien Común es la razón misma de ser de los poderes públicos, los que están obligados a llevarlo a cabo, de manera subsidiaria, junto con personas y comunidades intermedias, en provecho de todo ser humano, respetando una justa jerarquía de valores, y los postulados de las siempre cambiantes circunstancias históricas.
La ausencia de sensibilidad para el bien común es un signo cierto de decadencia de una sociedad, porque cuando se erosiona el sentido de la comunidad, disminuye la inquietud por el bien común. Una buena preocupación comunitaria es el antídoto a un individualismo desenfrenado que, como el egoísmo ilimitado de las relaciones personales, destruye el equilibrio, la armonía y la paz en el seno de los grupos, de los vecindarios, de las regiones y de las naciones.
El dinamismo del bien común de un pueblo viene regido por la Cooperación común y el Reparto proporcional.
En nuestra sociedad muchos trabajadores adormecen sus conciencias considerando que la vivienda, el coche y el viaje de novios es suficiente. La idea del capitalismo popular ha entrado en el movimiento obrero. Esto ha llevado a una pérdida de conciencia de clase general y a un sálvese quién pueda.
fuente, vìa:
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