La Corte de Apelaciones de Temuco autorizó a
Gendarmería a internar a los comuneros en caso de urgencia “sin
perjuicio de que se haga uso de las demás facultades en cuanto a que a
la alimentación de ellas de forma tal de asegurarles sus vidas y sus
integridades físicas”. Esto pese al llamado que hicieron organizaciones
como Amnistía Internacional que señaló que una medida como esta podría
constituir “un trato cruel, inhumano y degradante”.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió este viernes un recurso presentado por Gendarmería, que autorizaría la hospitalización y la posible alimentación forzada de los cuatro comuneros mapuche que mantienen una huelga de hambre hace 46 días.
El tribunal de alzada dio atribuciones a Gendarmería para internar en caso de urgencia a los huelguistas para que reciban la atención médica necesaria, “sin perjuicio de que se haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento institucional, en cuanto a la alimentación de ellas de forma tal de asegurarles sus vidas y sus integridades físicas”.
Daniel Levinao, Paulino Levipán y los hermanos Rodrigo y Eric Montoya, habían sido fueron trasladados el miércoles al Hospital de Concepción para someterse a una serie de exámenes, que buscaban determinar las consecuencias que ha tenido el ayuno en la salud de los jóvenes mapuche. Y si bien, el parte médico indicó que, por el momento, se encuentran estables, Rodrigo Montoya ya presenta desnutrición leve.
Durante la jornada de ayer, Amnistía Internacional manifestó su inquietud ante una eventual alimentación forzada. Ana Piquer, directora de la institución, comentó que “nos preocupa que, en caso de que el recurso de protección se acoja, no necesariamente toda forma de alimentación forzada estaría de acuerdo con los derechos de los propios huelguistas y eventualmente, en algunas situaciones, podría constituir un trato cruel, inhumano y degradante”.
Los cuatro comuneros iniciaron una huelga el 27 de agosto pasado para exigir la nulidad del juicio que los condenó a 11 de cárcel por varias irregularidades en el proceso.
Levipan Coyán y Levinao Montoya fueron condenados a 11 años de presidio por los delitos de homicidio frustrado a Carabineros y porte ilegal de armas de fuego, mientras que Montoya Montoya y Montoya Melinao son imputados por un presunto homicidio frustrado en contra de un carabinero que resguardaba el fundo Centenario, en agosto de 2011.
Fuente, vía:
http://radio.uchile.cl/noticias/175310/
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