Las Observaciones finales del
organismo internacional, dado a conocer el viernes pasado, expresa en
uno de sus párrafos “la gran preocupación por el elevado número de
denuncias en la provincia de Buenos Aires (120 registradas entre 2007 y
2009) cometidas por la policía y otras fuerzas del orden. El Comité
también está preocupado por el caso de desaparición forzada del niño
Luciano Arruga en la provincia de Buenos Aires durante su detención
policial en enero de 2009 y por que la investigación de las denuncias no
se puso en marcha con prontitud”.
Las
observaciones finales elaboradas por el Comité de los Derechos del Niño,
toman gran parte de las denuncias presentadas en su informe alternativo
por la Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires.
Con
relación a los casos de suicidio adolescente durante su detención en
institutos, “el Comité insta al Estado Parte a adoptar medidas eficaces
para prevenir los suicidios en detención. Además, debe llevar a cabo un
amplio estudio sobre las causas de las lesiones auto-infligidas y
suicidios”.
Los casos de suicidio y
autolesiones de adolescentes en los lugares de encierro, la falta de
lugares adecuados para alojarlos, la aplicación de torturas y malos
tratos, la falta de registro de estos casos, la ausencia de información
oficial fiable, el uso excesivo de la prisión preventiva para los
menores de 18 años fueron algunos de los tópicos denunciados por la
Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires y tomados por el
organismo internacional al redactar sus recomendaciones al Estado
argentino.
Otra de las medidas que el Comité
Internacional recomienda adoptar y agilizar es “el nombramiento por el
Parlamento del Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes, con el fin de
supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y
sus Protocolos Facultativos”.
También pide que
el Estado argentino “tome todas las medidas necesarias para garantizar
que las condiciones en los centros de detención no sean contrarias al
desarrollo del niño y cumplir con las normas mínimas internacionales, y
que los casos de menores sean llevados a juicio lo antes posible”
Recordemos
que en el Informe alternativo de la Comisión Provincial por la Memoria ,
presentado por los abogados Roberto Cipriano Garcia y Alicia Romero en
las audiencias del 3 y 4 de junio en Ginebra, se planteaban además de lo
mencionado más arriba, severas críticas a la implementación de las
leyes de promoción y protección de derechos y la ley de responsabilidad
penal juvenil, y se daba cuenta de la vigencia en los institutos
provinciales de regímenes de encierro-aislamiento de entre 24 y 36
horas. En la misma presentación se denunciaba la continuidad de la
detención de jóvenes en comisarías y se destacaba la desaparición sin
esclarecer del joven Luciano Arruga, detenido en la Comisaría de Lomas
de Mirador en enero de 2009.
A continuación se
transcriben algunos de los puntos más sobresalientes de las
Observaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas :
Recopilación
de datos
23. el Comité sigue preocupado porque
la falta de un enfoque sistemático para la recopilación de datos y
análisis en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INDEC) sigue impidiendo la disponibilidad de datos fiables y
transparentes, desglosados por provincias y municipios, así como por
otras variables relevantes como el género, la edad, los niños con
discapacidades, los niños indígenas, etc
24. El
Comité insta al Estado Parte a que adopte las medidas necesarias para
garantizar que los planes para un sistema integrado "Sistema de
Información de Políticas para la Niñez y la Adolescencia " sean
aplicadas y coordinadas con el Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INDEC), que abarca todos los aspectos de la Convención. El
Estado Parte debe garantizar que la información recogida a través de
este Sistema Integral sea transparente y comparable, de datos fiables
sobre todos los derechos, desglosados por ubicación provinciales y
municipales, el género, la edad y los ingresos a fin de que la política y
el programa de toma de decisiones pueda garantizar el conocimiento
público de los progresos realizados y las lagunas en su aplicación.
La
tortura, tratos inhumanos y degradantes
41. Si
bien reconoce la política de tolerancia cero de la tortura que como
parte del proceso de recuperación democrática en el país fue destacada
por la delegación oficial en el diálogo, el Comité comparte con el
Estado Parte la preocupación sobre la falta de datos fiables, a nivel
nacional, sobre las alegaciones de tratos crueles, inhumanos y
degradantes. Además, expresa su gran preocupación por el elevado número
de denuncias en la provincia de Buenos Aires (120 registrados entre 2007
y 2009) cometidas por la policía y otras fuerzas del orden, con la
participación de menores infractores y niños en particular de la calle.
El Comité también está preocupado por un caso de desaparición forzada de
un niño (LA) en la provincia de Buenos Aires durante la detención
policial en enero de 2009 y que la investigación de las denuncias no se
puso en marcha con prontitud. Por otra parte, el Comité está preocupado
por la falta de información sobre investigaciones rápidas sobre estos
alegatos, sus resultados, incluyendo la condena de los responsables y
poner fin a la práctica.
42. El Comité insta al
Estado Parte a que adopte medidas concretas para aplicar su política de
tolerancia cero con la tortura. Además, insta al Estado Parte a
establecer puntualmente a los niveles nacionales y provinciales un
mecanismo para el registro y seguimiento de las denuncias en un registro
nacional de las denuncias de trato inhumano y degradante. Además, insta
al Estado Parte a lanzar, exhaustiva e independiente sin demora
investigaciones sobre estas denuncias, llevar a los responsables a la
justicia y a la reparación a las víctimas y adoptar todas las medidas
necesarias para impedir tales actos, comprendidos aquí que se haga
pública la investigación, las medidas disciplinarias adoptadas y las
sentencias dictadas contra los autores de los delitos, así como la
difusión de la Convención. Además , debe estudiar las causas de tales
violaciones graves, especialmente en la provincia de Buenos Aires, y
tomar medidas urgentes de prevención, incluida la formación integral de
la policía y la de funcionarios encargados de aplicar los derechos del
niño. El Comité insta al Estado Parte a concluir una investigación
exhaustiva e imparcial sobre las denuncias de desaparición forzada del
niño LA, de conformidad con la Convención sobre los Derechos de Todas
las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
La
administración de justicia de menores
76. Si
bien observa que un proceso de reforma ha sido realizado en materia de
justicia de menores a nivel nacional y provincial, el Comité está
profundamente preocupado por la continua aplicación de la Ley N º 22.278
de 1980, en particular con respecto a la posibilidad de detener a los
niños. Le preocupa además que el derecho del niño a ser oído ya ser
asistido por un profesional independiente jurídica en los procesos
penales no siempre se respeta.
77. Al Comité le
preocupa además que un tercio de los lugares de privación de libertad
para los niños no son especializados y que los niños son a veces
detenidos junto con adultos. Además, expresa su preocupación por la
insuficiente aplicación de alternativas a la privación de la libertad en
el ámbito provincial.
Fuente, vìa :
http://www.argenpress.info/2010/06/argentina-ninez-en-la-provincia-de.html
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