Durante el siglo XIX, el término productividad se convirtió en la expresión de la relación entre capital y trabajo. Posteriormente, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la definió como la relación entre la producción obtenida y los recursos utilizados para ello. Desde entonces, existe un gran interés de los países por aumentar la producción con menos recursos; por ejemplo, generar la misma cantidad de productos en menos horas trabajadas, lo cual se puede lograr contratando a menos trabajadores y reduciendo así los costos.
México se incorporó al mercado laboral mundial en estos términos,
promoviendo la competitividad y la productividad. Sin embargo, frente a
esta visión predominantemente económica, surgió otra perspectiva que
coloca a las personas como sujetos de derechos y se basa en el
reconocimiento a los Derechos Laborales en la Constitución Mexicana y en
la Ley Federal del Trabajo (LFT).
No obstante, preocupa que actualmente se encuentre a debate una
iniciativa de reforma a la LFT que recoge los planteamientos de 332
iniciativas presentadas en el Congreso de la Unión en los últimos 12
años, que va en contra de los trabajadores y las trabajadoras. Los
cambios propuestos pretenden incorporar los principios de la
productividad y la competitividad en la Ley, lo que en la práctica
representaría un grave retroceso a las conquistas laborales y a los
derechos humanos.
El gobierno federal considera que la reforma laboral detonará el
desarrollo económico. Lo cierto es que, desde hace ya varios años, el 1
de mayo es un día en el que, lejos de hablar del cumplimiento de los
derechos laborales, se hace el recuento de los intentos de que se
apruebe una iniciativa regresiva en materia laboral. Además, ésta ha
apuntalado la conflictividad social. El jueves 14 de abril de 2011,
diversas agrupaciones sindicales y sociales, entre ellas el Sindicato
Mexicano de Electricistas, salieron a manifestarse en contra de la
iniciativa presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI)
el pasado 10 de marzo.
También organizaciones de la sociedad civil se han manifestado en
contra de dicha reforma. Pese a que en la exposición de motivos se
menciona la promoción del trabajo decente, el articulado viola el
principio de progresividad de los derechos humanos al legalizar la
subcontratación, además de limitar la creación de sindicatos
independientes.
Asimismo, la iniciativa promueve la inversión privada como la forma
privilegiada para incentivar la productividad y generar empleos,
incorporando figuras patronales, como lo contratos a prueba y los
contratos laborales. Éstas benefician, principalmente, al sector
privado, puesto que, de aprobarse la iniciativa, gastaría menos que
aquéllos que sí otorgan seguridad social y prestaciones a sus
trabajadores y trabajadoras. Todo ello favorece la competencia desleal y
un tipo de productividad que menoscaba los derechos laborales. Habría
que tomar en cuenta que la OIT advierte, en sus publicaciones, que los
trabajadores temporales son los más afectados por la crisis económica.
Estos cambios se proponen en un momento en el que las agencias de
empleo privadas han reestructurado el mercado de trabajo tradicional
porque se les ve como posibles figuras de gestión de los recursos
humanos que podrían mejorar las condiciones de vida de las trabajadoras y
los trabajadores. No es casual que el 62 por ciento de la población
económicamente activa se ocupe en el sector servicios. No obstante, el
problema no es el esquema de triangulación o subcontratación y el sector
en el que se ocupan, sino la reticencia a la contratación colectiva y
las limitantes al derecho de asociación.
En suma, la aprobación de esta reforma quedaría en la historia de
México como un grave retroceso en el cumplimiento de los derechos
laborales, además tendría un alto costo en la construcción de un país
democrático. Por ello, es necesario ampliar el debate y la discusión en
torno a esta reforma y sus implicaciones con el resto de la ciudadanía,
colocando en el centro de los argumentos el respeto a los derechos
humanos.
*Integrante del área de investigación y análisis del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, OP, AC
Fuente: Contralínea 231 / 01 de mayo de 2011
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