lunes, 5 de agosto de 2013

Argentina: derechos territoriales indígenas: nueva advertencia sobre inejecución de Ley 26.160..biodiversidadla.

"La investigación se refiere al programa de relevamiento territorial de comunidades indígenas, establecido por la ley nacional 26.160, sancionada a fines del año 2006. El relevamiento consiste en los estudios de determinación de las tierras que ocupan tradicionalmente las comunidades indígenas con el fin de que se reconozca su propiedad, independientemente de quienes aparezcan con los títulos en los registros estatales."
La investigación que presentamos se refiere al programa de relevamiento territorial de comunidades indígenas, establecido por la ley nacional 26.160, sancionada a fines del año 2006 y prorrogada a los tres años por la ley 26.554. El relevamiento consiste en los estudios de determinación de las tierras que ocupan tradicionalmente las comunidades indígenas con el fin de que se reconozca su propiedad, independientemente de quienes aparezcan con los títulos en los registros estatales. Las leyes incluyeron la suspensión de los desalojos mientras se realice el relevamiento y una asignación presupuestaria de $ 60.000.000 para que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) ejecute las tareas con la colaboración de los gobiernos provinciales.

El estudio presentado da cuenta del escaso nivel de ejecución del programa en contraste con la alta utilización de los recursos. Ya en el año 2011 el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA) había advertido el bajísimo nivel de avance de las tareas, lo que fue corroborado por la Auditoría General de la Nación (AGN) mediante un informe presentado al año siguiente.

La actual investigación comienza señalando la falta de transparencia en la información, ya que desde el año 2009 el INAI no presenta ningún informe detallado del estado del programa y de la utilización de los fondos y en lugar de ello ha brindado afirmaciones genéricas falsas en donde sostiene que el programa de relevamiento se ejecutó en un 40 por ciento. Sin embargo, en base a las respuestas dadas por el propio INAI a requerimientos formulados en base al decreto de acceso a la información, el informe exhibe el estado de ejecución en cada provincia determinando que a seis años de la sanción de la ley 26.160 el relevamiento sólo se ha concluido en una octava parte (12,48 por ciento). “A este paso” –sostiene el documento- “harían falta otros 40 años más para concluir con el trabajo”. Un análisis cualitativo muestra una mayor gravedad en los retrasos ya que en las provincias de más alta conflictividad con los pueblos indígenas, como Salta, Jujuy, Formosa, Chaco y Neuquén, en donde reside el 65 por ciento del total de comunidades indígenas del país, “el programa de relevamiento sólo se ha cumplido en un 4,11 por ciento”. Ello permite concluir que “en las provincias en donde el relevamiento es más urgente con el fin de proteger derechos en riesgo es precisamente en donde mayores deficiencias y demoras denota la acción del I.N.A.I.”

Contrasta este bajísimo nivel de ejecución del programa con la elevada utilización de los recursos asignados. Los fragmentarios e incompletos informes del INAI dan cuenta de la utilización de por lo menos el 76 por ciento del presupuesto asignado ($ 45.847.327 sobre $ 60.000.000), con el agravante de que casi la mitad de esa cantidad ($ 22.329.339) fue transferida por asesoramiento a la Universidad de Lanús “sin que pueda haberse logrado determinar el carácter y las circunstancias de contraprestación ya que esta suma ha sido gastada por fuera de las normas y controles de la administración pública”, hecho que motivó objeciones de la Auditoría General de la Nación.

En resumen, dada la gravedad que asume la indefinición en materia de tierras indígenas como origen de desalojos, represión e incluso muertes de miembros de pueblos originarios, el bajísimo nivel de ejecución del programa de relevamiento, la alta utilización de los fondos y la ausencia de transparencia, constituyen un severo cuadro que urge revertir mediante decisiones políticas adecuadas, adoptadas con la plena participación de los pueblos indígenas víctimas de esta situación.

Contacto: Kiki Ramírez, 3755-670767

ENDEPA (Equipo Nacional de Pastoral Aborigen)

Centro de Capacitación Integral Juan Pablo II - Ruta Nac. 11 - km. 1180.

(3600) FORMOSA – ARGENTINA Tel: 3704-448-015

coordinacion@endepa.org.arwww.endepa.org.ar
Para acceder al documento (formato PDF) haga clic en el enlace a continuación y descargue el archivo:
 
Vía:
 http://www.biodiversidadla.org/Principal/Secciones/Documentos/Argentina_derechos_territoriales_indigenas_nueva_advertencia_sobre_inejecucion_de_Ley_26.160

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