La reforma laboral de Rajoy elimina también la autorización oficial de los despidos colectivos
La reforma laboral del
Gobierno da mayor libertad a las empresas para salirse de los convenios y
ofrece nuevas bonificaciones para la contratación de personas
desempleadas y menores de 30 años.
- La ministra de trabajo, Fátima Báñez, en una imagen de archivo. Foto: UNIA
Con una constante retórica de apoyo a las pequeñas y medianas empresas
y a los autónomos, "que son quienes crean el 90% del empleo que existe
en España", el Gobierno ha enumerado desde las 14 horas de la tarde las
medidas incluídas en su primera reforma laboral, que abren la
posibilidad a las empresas del descuelgue de los convenios colectivos
para modificar "la jornada, el horario y el salario" en situaciones de
crisis, según ha precisado la ministra de Empleo, Fátima Báñez.
Báñez se ha referido al acuerdo de salarios alcanzado por los sindicatos de concertación y las patronales
como "la base y la pista" para esta nueva reforma laboral, en
referencia al acuerdo alcanzado entre patronales, CC OO y UGT para facilitar que las empresas en dificultades se "descuelguen" del pacto salarial
acordado en la negociación colectiva, así como a las medidas más
generales de flexibilidad que también estaban previstas en el pacto.
En su comparecencia, Báñez no ha aclarado en este
apartado a qué se refiere la norma con "situación de crisis" para que
las gerencias puedan tomar decisiones unilaterales sobre jornada, salario y horario.
Sí ha precisado que el Gobierno respetará "los acuerdos que han llegado
los empresarios con los sindicatos en el itinerario de descuelgue",
pero ha comentado que irá "más allá para que una empresa no tenga que
despedir a los trabajadores cuando atraviesa dificultades financieras".
De los puntos detallados por escrito, la presentación del Gobierno sólo
concreta que los convenios colectivos no serán aplicables después de dos
años desde su vencimiento.
En esta línea de argumentación, que han mantenido tanto
Báñez como la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría en su
comparecencia, el Gobierno ha anunciado que objetivará más las causas de
despido. En concreto, Báñez ha detallado que la "disminución
persistente en ingresos y ventas, durante tres trimestres consecutivos"
será causa de despido objetivo. La interpretación sobre las causas
objetivas y de circunstancias de la producción que convierten a un
despido en procedente (con indemnización de 20 días por año trabajado
para los indefinidos) siempre ha levantado dudas jurídicas entre
laboralistas, como ocurrió tras la reforma laboral de 2010, que también amplió las causas objetivas de despido.
Bonificaciones y fin de la autorización para despidos colectivos
Con la misma retórica de apoyo "a los emprendedores", el Gobierno ofrecerá la posibilidad a las empresas con plantillas inferiores a las 50 personas
de efectuar un nuevo contrato indefinido con un periodo de prueba de un
año. Esto permitirá a las empresas el despido sin indemnización de las
personas contratadas en estas condiciones después de un año de trabajo.
Quienes estuvieran cobrando la prestación por desempleo
en el momento de firmar el contrato podrán cobrar un 25% de la
prestación mientras estén trabajando. A la vez, la empresa se ahorrará un 50% de sus cotizaciones sociales correspondientes a ese trabajador durante el mismo periodo.
Dentro de este apartado, el Gobierno detalla que
aquellas empresas que contraten a su primera empleado o empleada serán
bonificadas con 3.000 euros por la contratación de forma indefinida de
menores de 30 años que estén en paro. Como en el caso anterior, esta
bonificación se hará a través de las cotizaciones sociales. La
bonificación para mayores de 45 años con desempleo de larga duración
alcanzará los 4.500 euros.
Por otro lado, con el argumento de que "sólo España y
Grecia" manteían dentro de la UE el requisito de que los despidos
colectivos sean supervisados por la autoridad, el Gobierno ha eliminado
dicha traba y a partir de ahora los EXpedientes de Regulación de Empleo
podrán presentarse sin la autorización del ministerio de Trabajo.
Adios a la indemnización de 45 días
La reforma laboral termina definitivamente con el
despido de 45 días por año trabajado. Aquellos contratos indefinidos
firmados a partir de la entrada en vigor de la norma pasarán a tener una
indemnización de 33 días en caso de que el despido sea declarado
improcedente. No obstante, la indemnización de 45 días por año ha ido
perdiendo peso desde que la reforma de 1997 creara el llamado contrato
de fomento del empleo, que ahora se generaliza a todos los supuestos. Actualmente sólo estaban excluídas de este contrato aquellas personas que llevaran menos de un mes en el paro.
El Gobierno restablecerá a partir del 31 de diciembre de
2012 la prohibición de encadenar contratos temporales por periodos de
más de 24 meses. Esta prohibición había sido eliminada por el Gobierno
de Zapatero en agosto de 2011.
Concentración contra la reforma y los recortes
El movimiento 15M ha convocado en Madrid una concentración a las 20 horas en la Puerta del Sol
"contraq la destrucción" de los derechos sociales, y en concreto contra
la reforma laboral y los recortes. La convocatoria se está moviendo con
la etiqueta #contrarreforma en la red social Twitter.
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