La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay ratificó que las
violaciones de derechos humanos de la última dictadura militar son
delitos comunes, no de lesa humanidad, por lo que prescribirán el 1º de
noviembre próximo. El Ejecutivo estudia cómo abrir juicios en los 88
casos existentes, dijo ayer un senador del Frente Amplio.
El pronunciamiento del máximo tribunal responde a un pedido de aclaración presentado por la fiscal Mirtha Guianze, a raíz de una primera sentencia emitida por la SCJ que condenó a los militares José Gavazzo y Ricardo Arab a 25 años de prisión como responsables de 28 “homicidios muy especialmente agravados”. Esa sentencia descartaba la imputación solicitada por Guianze, que había acusado a Gavazzo y a Arab de delitos de desaparición forzada, considerados de lesa humanidad.
El fallo de la Corte explicó que al momento de los hechos, 1976, no existía el delito de de-saparición forzada, creado por ley en octubre de 2006, por lo cual no puede imputarse ese ilícito. De acuerdo con este dictamen, los crímenes de la dictadura (1973-85) son ilícitos comunes, por lo que prescriben el 1º de noviembre próximo, considerando todas las extensiones posibles, entre ellas que no se compute el período de la dictadura.
La abogada Hebe Martínez Burlé, letrada de la familia del senador Zelmar Michelini, secuestrado y desaparecido junto a Héctor Gutiérrez Ruiz en la Argentina, dijo que no coincide con la decisión de la Corte. “Uruguay es signataria de todos los tratados internacionales desde los juicios de Nuremberg a la fecha, incluido el de San José de Costa Rica, que consideran de lesa humanidad e imprescriptibles las torturas, el secuestro, el asesinato y las de-sapariciones en el marco del terrorismo de Estado”, precisó la letrada. A su juicio, “es un gran dilema lo que ocurrirá luego del 1º de noviembre, porque hay muchas demandas iniciadas, pero hay una mitad de la biblioteca que dice que pueden prescribir y la otra mitad dice lo contrario”.
Reconoció que “lo cierto es que la Corte marcó un paso y será muy difícil seguir con los juicios”, aunque indicó que, de todos modos, “hay casos que podrán seguir bajo juicio por jurisdicción universal, como en el caso de los represores uruguayos juzgados en España”. Martínez Burlé añadió que la resolución de la Corte, tomada por mayoría de cuatro de los cinco jueces, “no tiene precedentes, porque Nuremberg apartó de la ley común los casos de terrorismo de Estado y genocidio, y gracias a ello el pueblo judío aún persigue nazis 50 años después del Holocausto”.
Por su parte, el senador frenteamplista Alberto Curiel dijo que el presidente José Mujica estudia qué hacer con “los juicios de 88 casos a los que mandatarios anteriores no hicieron lugar”. Afirmó que el Ejecutivo está estudiando “la apertura de todos esos casos” juntos, o “caso por caso”, y su “andamiento por el artículo cuarto de la Ley de Caducidad”, pero antes del 1º de noviembre. El dirigente reconoció que el fallo pone al gobierno en una encrucijada. “Constituye un gran desafío para la izquierda y el Frente Amplio.”
Y es que la misma coalición de centroizquierda Frente Amplio fracasó en su intento de acabar con la impunidad en Uruguay. El 19 de mayo pasado, los diputados frentemaplistas no lograron darle sanción a un proyecto que postulaba anular la Ley de Caducidad. Esta norma impide que se juzgue a policías y militares acusados de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Ese frustrado texto incorporaba la jurisprudencia internacional en materia de crímenes de lesa humanidad y no computaba el período 1986-2011, en vigencia de la Ley de Caducidad.
La norma fue aprobada en 1986, durante el primer gobierno tras la restauración democrática, y ratificada en 1989 y 2009 en sendos plebiscitos, aunque cuestionados en su validez por los mecanismos utilizados. La administración de Tabaré Vázquez (2005-10) dejó por fuera de la Caducidad algunos casos, lo que permitió encarcelar al ex dictador Gregorio Alvarez (1981-85) y a otros 16 ex militares y policías por crímenes cometidos durante el régimen.
El pronunciamiento del máximo tribunal responde a un pedido de aclaración presentado por la fiscal Mirtha Guianze, a raíz de una primera sentencia emitida por la SCJ que condenó a los militares José Gavazzo y Ricardo Arab a 25 años de prisión como responsables de 28 “homicidios muy especialmente agravados”. Esa sentencia descartaba la imputación solicitada por Guianze, que había acusado a Gavazzo y a Arab de delitos de desaparición forzada, considerados de lesa humanidad.
El fallo de la Corte explicó que al momento de los hechos, 1976, no existía el delito de de-saparición forzada, creado por ley en octubre de 2006, por lo cual no puede imputarse ese ilícito. De acuerdo con este dictamen, los crímenes de la dictadura (1973-85) son ilícitos comunes, por lo que prescriben el 1º de noviembre próximo, considerando todas las extensiones posibles, entre ellas que no se compute el período de la dictadura.
La abogada Hebe Martínez Burlé, letrada de la familia del senador Zelmar Michelini, secuestrado y desaparecido junto a Héctor Gutiérrez Ruiz en la Argentina, dijo que no coincide con la decisión de la Corte. “Uruguay es signataria de todos los tratados internacionales desde los juicios de Nuremberg a la fecha, incluido el de San José de Costa Rica, que consideran de lesa humanidad e imprescriptibles las torturas, el secuestro, el asesinato y las de-sapariciones en el marco del terrorismo de Estado”, precisó la letrada. A su juicio, “es un gran dilema lo que ocurrirá luego del 1º de noviembre, porque hay muchas demandas iniciadas, pero hay una mitad de la biblioteca que dice que pueden prescribir y la otra mitad dice lo contrario”.
Reconoció que “lo cierto es que la Corte marcó un paso y será muy difícil seguir con los juicios”, aunque indicó que, de todos modos, “hay casos que podrán seguir bajo juicio por jurisdicción universal, como en el caso de los represores uruguayos juzgados en España”. Martínez Burlé añadió que la resolución de la Corte, tomada por mayoría de cuatro de los cinco jueces, “no tiene precedentes, porque Nuremberg apartó de la ley común los casos de terrorismo de Estado y genocidio, y gracias a ello el pueblo judío aún persigue nazis 50 años después del Holocausto”.
Por su parte, el senador frenteamplista Alberto Curiel dijo que el presidente José Mujica estudia qué hacer con “los juicios de 88 casos a los que mandatarios anteriores no hicieron lugar”. Afirmó que el Ejecutivo está estudiando “la apertura de todos esos casos” juntos, o “caso por caso”, y su “andamiento por el artículo cuarto de la Ley de Caducidad”, pero antes del 1º de noviembre. El dirigente reconoció que el fallo pone al gobierno en una encrucijada. “Constituye un gran desafío para la izquierda y el Frente Amplio.”
Y es que la misma coalición de centroizquierda Frente Amplio fracasó en su intento de acabar con la impunidad en Uruguay. El 19 de mayo pasado, los diputados frentemaplistas no lograron darle sanción a un proyecto que postulaba anular la Ley de Caducidad. Esta norma impide que se juzgue a policías y militares acusados de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Ese frustrado texto incorporaba la jurisprudencia internacional en materia de crímenes de lesa humanidad y no computaba el período 1986-2011, en vigencia de la Ley de Caducidad.
La norma fue aprobada en 1986, durante el primer gobierno tras la restauración democrática, y ratificada en 1989 y 2009 en sendos plebiscitos, aunque cuestionados en su validez por los mecanismos utilizados. La administración de Tabaré Vázquez (2005-10) dejó por fuera de la Caducidad algunos casos, lo que permitió encarcelar al ex dictador Gregorio Alvarez (1981-85) y a otros 16 ex militares y policías por crímenes cometidos durante el régimen.
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