domingo, 6 de febrero de 2011

España : Estrenosdvix.com, otro caso archivado donde queda claro; Enlazar no es delito. por miguel-jorge


Hasta que se apruebe y se ponga en funcionamiento la Ley Sinde, en España seguiremos encontrándonos con situaciones tan contradictorias como la que hoy leo desde la web de la Asociación de Internautas. Como en el caso de ‘rojadirecta’, caso archivado en España al declarar el juez que enlazar no es delictivo, hoy se ha archivado el caso de tres webs: Estrenosdivix.com, Limitedivx.com y Limitetracker.com y sus cuatro responsables (uno de ellos falleció), quienes se encontraban acusados de enlaces a descargas directas de material con derechos de autor.
En este caso, además, se da una nueva circunstancia. En el año 2007, momento en el que se cerraron 21 alojamientos y se detuvieron a 10 personas, la Policía decía haber encontrado indicios de que los responsables de las webs eran además los que subían los contenidos a los que se enlazaba en dichos alojamientos.

Pues bien, el juez de Juzgado de Instrucción número 3 acaba de archivar el caso de forma provisional para las tres webs y sus tres responsables. En el auto viene a diferenciar claramente las dos actividades. Por un lado diferencia el enlace y por otro la actividad de descarga directa de vídeos a través de FTP, previo pago del usuario para la obtención de una clave que le facilite la descarga.
Es decir, que el juez dictamina que enlazar no es un delito en nuestro país y por otro lado, en el caso de, hipotéticamente, incurrir en responsabilidad penal, el artículo 17 de la LSSICE exige que los prestadores de servicios tengan el conocimiento efectivo de que la actividad o la información a la que se remite el hiperenlace es ilícita. En este último punto, el juez no encuentra indicios suficientes, ya que no se han aportado pruebas suficientes que indiquen que los imputados conocieran tal resolución, y por lo tanto el caso queda archivado.
En pocas líneas, lo que se ha vuelto a dictaminar en España es que el enlace no incurre en delito. No se trata de valorar lo que estas webs enlazaban y su contenido, sino la actividad en sí de enlazar. Como decía al principio, todo esto puede cambiar con la llegada de la Ley Sinde y su Comisión, quienes podrían actuar en los cierres si existieran “indicios” que perjudicaran a los “autores”, un tremendo galimatías que próximamente se estrenará en nuestro territorio.
Vía: Asociación de Internautas
Estrenosdvix.com, otro caso archivado en España donde queda claro: Enlazar no es delito escrita en Bitelia .


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