El informe 2010 de la Comisión
Ética Contra la Tortura “a Chile en sus 200 años”, entregado el 23 de
junio en la oficina de partes de La Moneda, sostiene que la represión
–tortura incluida– se está utilizando en el país contra aquellos que
exigen cambios, especialmente contra trabajadores, estudiantes y el
pueblo mapuche que se activan contra un sistema sociopolítico que
“excluye del acceso a bienes y servicios fundamentales a gran parte de
la población y se ha impuesto y mantenido recurriendo a la represión
estatal”. Por su parte, la ONU hizo un llamado para que los estados
ratifiquen y cumplan sus obligaciones en virtud del
Convenio Internacional contra la Tortura.
El informe de la Comisión Ética
contra la Tortura (CECT), que apunta a problemas que tienen que ver
especialmente con el uso de la tortura y tratos inhumanos crueles y
degradantes, y con la denuncia de la impunidad en contra de los
torturadores, se entrega cada año como parte de la conmemoración del Día
Internacional Contra la Tortura, el 26 de junio.
LA LEY ANTITERRORISTA
En el caso de los mapuche, denuncia la
aplicación de la ley 18.314 de 1984, conocida como Ley Antiterrorista,
la utilización de la tortura en las detenciones, tratos inhumanos a
menores y miembros de comunidades, y la vigencia de la impunidad por los
asesinatos de mapuche de ayer y hoy. Al momento de la entrega de este
informe, se recuerda que un comunero mapuche, Jaime Mendoza
Collío, fue asesinado por la espalda por un carabinero del
Gope.
Hay 57 presos políticos mapuche
procesados o sentenciados por ley antiterrorista, contraviniendo las
recomendaciones de Roberto Stavenhagen, Relator
Especial de la ONU para la situación de los pueblos indígenas, que en
2003 señaló que “bajo ninguna circunstancia deberán ser criminalizadas o
penalizadas las legítimas actividades de protesta o demanda social de
las organizaciones y comunidades indígenas”.
A ello se suma el Informe de Amnistía
Internacional, al afirmar que al continuar aplicándose la Ley
Antiterrorista, se está incumpliendo “tanto las promesas formuladas
anteriormente por el gobierno respecto de no hacer uso de estas leyes,
como las recomendaciones de diversos organismos internacionales de
derechos humanos”.
La Ley Antiterrorista, señalan, viola
las garantías procesales y el debido proceso establecido en normas
internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, que subraya la importancia de tener derecho al debido
proceso. Permite la existencia de “testigos sin rostro”, que pueden
acusar e inculpar sin identificarse, violando así el derecho a un juicio
justo y siguiendo bajo la vigencia del concepto de “enemigo interno”,
emanado de la Ideología de la Seguridad Nacional.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Además, recuerda el informe, han sido
acusados y perseguidos periodistas extranjeros y artistas visuales
nacionales. El caso de Elena Varela, recientemente
absuelta de todo cargo por la justicia, es un ejemplo patético, pues ha
debido soportar seis años de persecución injusta, acusaciones falsas y
detenciones arbitrarias, antes de ser sobreseída, y su material de
trabajo no le ha sido devuelto.
Similar situación ha afectado, entre
otros, a Azel Luzarraga, escritor y músico vasco,
detenido el 31 de diciembre de 2009 por la Ley Antiterrorista, bajo la
acusación de colocación de bombas. En febrero de 2010 se decretó su
arresto domiciliario y el arraigo nacional.
LA VIDA HUMANA Y LAS CÁRCELES
Asegura la comisión que parecieran
olvidadas por las autoridades las recomendaciones al Estado chileno por
el Comité contra la Tortura de la ONU (CAT), sobre el
cumplimiento de compromisos contraídos al ratificar la Convención contra
la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,
algunas de las cuales se refieren a las deficientes condiciones al
interior de las cárceles. Ello a la luz de lo que sucedió para el
terremoto, cuando al menos tres reos murieron por efecto de los
disparos de gendarmes que aplicaron la ley de fuga en un momento de
catástrofe, y otro reo, Horacio Núñez, murió quemado
por el incendio provocado por los presos, al ser aplastado por un muro y
encontrarse encadenado en su cama.
Las tres víctimas de los gendarmes son Luis
Guillermo López Valenzuela (26 años); Jonathan Andrés
Aguirre Aguirre (21 años); y Rodolfo Leal Medina
(32 años) y el informe documenta que el ministro de Justicia de la
época, Carlos Maldonado, manifestó al respecto que la
situación descrita constituiría “un triunfo” para la mantención del
orden, sin detenerse en el valor de la vida de un ser humano.
Respecto de quienes sufrieron prisión
política y tortura durante la dictadura, la Comisión llama a superar la
exclusión de la calidad de víctimas del terrorismo de Estado de los
detenidos en manifestaciones públicas; los que fueron torturados fuera
de los recintos oficiales de detención; los extranjeros; los chilenos
torturados en el exterior en el marco de la Operación Cóndor y quienes
fueron objeto de detención por menos de cinco días.
Agregan que la pensión mensual otorgada a
las víctimas vulnera el artículo 14 de la Convención Internacional
contra la Tortura, donde se reconoce para las víctimas “el derecho a una
indemnización justa y adecuada”; no ha habido reparaciones jurídicas y
morales para los afectados; tampoco ha habido medidas educativas y de
prevención de la tortura; e insisten en que debe derogarse la cláusula
que impide a los tribunales tener acceso a las imputaciones concretas de
los delitos denunciados ante la Comisión Valech.
La CECT reitera, ante los 200 años de
vida de la República, la proposición de reabrir indefinidamente la
acreditación de las víctimas chilenas o extranjeras por violaciones a
los derechos humanos cometidos en territorio nacional o en el exterior
por agentes represivos del Estado chileno; aprobar una nueva ley de
reparación que asuma las propuestas iniciales de la Comisión Valech, y
eliminar legislativamente la cláusula que impide el acceso del Poder
Judicial a las denuncias de tortura.
Se llama a la derogación de la Ley de
auto Amnistía de la dictadura; juicio y castigo a los agentes del Estado
involucrados en graves violaciones a los derechos humanos como son la
tortura, la desaparición forzada de personas y la ejecución sumaria de
prisioneros, delitos imprescriptibles que no pueden ser objeto de
amnistía alguna.
CONTENIDOS DEL INFORME
El informe 2010, de 70 páginas,
incluye la Agenda de Derechos Humanos levantada por Amnistía
Internacional y apoyada por una gran diversidad de organizaciones; un
artículo sobre la Tortura y Legislación Internacional del abogado Roberto
Garretón. A ello se agrega un estudio sobre la desigualdad del
periodista Paul Walder, y una denuncia sobre la
condición actual de los ex presos políticos, suscrita por Juan
Rojas, ex preso político.
Pablo Ruiz escribe
denunciando la continuidad de participación de uniformados chilenos que
cursan estudios en la Escuela de las Américas, actualmente situada en
Fort Benning, Estados Unidos, y Hervi Lara se refiere a
un tema estrechamente relacionado: el Gope (fuerzas especiales de
Carabineros) y la tortura.
Finalmente, en la parte gruesa del
informe, Beatriz Brinkman escribe sobre los derechos
del Pueblo Mapuche, y Lucía Sepúlveda aporta un
registro documentado sobre Tortura y Prisión Política a luchadores
sociales mapuche, que incluye el listado de casos de 96 presos políticos
y procesados mapuche, de los cuales 57 personas cumplen prisión
efectiva, y también 57 están siendo procesados o han sido condenadas por
la legislación antiterrorista. En forma especial se alude al caso de la
lonko Juana Calfunao, una de las fundadoras de la
Comisión Ética, quien permanece en prisión por más de 3 años y a quien
le ha sido negado el acceso a la libertad condicional.
También se detallan las escasas
sentencias absolutorias y las querellas (pendientes) por tortura o
tratos inhumanos presentadas a la justicia. Un análisis final se refiere
a la estrategia ideada por los fiscales de re-formalización de los
presos como una nueva modalidad que permite extender los plazos de
detención sin juicio oral y complejizar las tareas de la defensa.
Hay testimonios de casos de tortura, y
como anexo se entrega el informe “Cronología y Descripción de
Situaciones de Represión y Violencia Ejercidas por Instituciones
Policiales del Estado de Chile contra Niños, Niñas y Adolescentes
Mapuche (2001 – 2009)”, elaborado por la psicóloga Claudia
Molina González y el organismo denominado Defensor Jurídico
Social Autónomo Mapuche, ingresado al Comité de los Derechos del Niño en
el 53° período de sesiones de Naciones Unidas en enero de 2010, en
Ginebra, Suiza.
La Comisión Ética Contra la Tortura es
una entidad conformada en marzo de 2001 por organizaciones de derechos
humanos y personalidades de reconocida solvencia moral, con la finalidad
de que el Estado de Chile asumiera su responsabilidad respecto de los
sobrevivientes de prisión política y tortura durante la dictadura
militar. Entre otras, la integran Amnistía Internacional-Chile; el
Observatorio por el Cierre de la Escuela de las Américas (SOA Watch); el
Departamento de Justicia, Paz y Defensa de la Creación de la
Conferencia de Religiosos de Chile (Conferre); el Servicio Paz y
Justicia (Serpaj); el Centro de Salud Mental y Derechos Humanos
(Cintras); la Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo
(Codepu), la Asociación Americana de Juristas (AAJ); el Servicio
Internacional Cristiano de Solidaridad con los Pueblos de América Latina
(Sicsal); la Coordinación Nacional de Ex Presos Políticos, la
Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y de Familiares de
Ejecutados Políticos; Comisión Ética contra la Tortura de Santiago,
Temuco, Valparaíso, San Antonio, y un equipo de trabajo exterior
integrado por personas que residen en Francia, Suiza, Canadá, Bélgica e
Italia.
La CECT – Chile está afiliada a la Organización Mundial
contra la Tortura (OMCT), con sede en Ginebra.
ONU LLAMA A ESTADOS A RATIFICAR Y
CUMPLIR LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA
En 1997, la Asamblea General de las
Naciones Unidas, proclamó oficialmente, el 26 de junio como el Día
Internacional en Apoyo a las Victimas de la Tortura. La fecha es marcada
todos los años por actos contra la tortura que son realizados en el
mundo entero, con el fin de generar solidaridad con las víctimas y sus
familiares y recordar que la práctica todavía persiste en algunos
países, exige ser abolida.
“El día Internacional en Apoyo a las
Víctimas de la Tortura es una ocasión para destacar el derecho
internacionalmente reconocido de todos los hombres y mujeres a vivir
libres de tortura. Es una oportunidad para reafirmar nuestra decisión
colectiva de prohibir la tortura y todos los tratos o castigos crueles,
inhumanos y degradantes”, alertó el secretario general de las Naciones
Unidas, Ban ki-moon.
Diez años antes de la proclamación de
esta fecha, entró en vigor la ‘Convención
Contra la Tortura y Otros tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes’
para intentar hacer frente a uno de los mayores abusos contra los
Derechos Humanos. Hoy, más de 124 de los 189 miembros de las Naciones
Unidas ya son signatarios de esta Convención, pero infelizmente esto no
garantiza que la práctica de la tortura esté abolida en esos países.
En mensaje oficial escrito el día
internacional, Ban Ki-moon reforzó que la prohibición de la tortura es
absoluta e inequívoca, y, que “No puede ser justificada bajo ninguna
circunstancia, ni en estado de guerra, ni en repuesta al terrorismo, la
inestabilidad política o cualquier otra emergencia política”.
A pesar de la claridad de este mensaje,
el secretario puntualiza que muchos estados siguen practicando o
tolerando la tortura. Consciente de ello, Ban Ki-moon llamó a todos los
estados que todavía no lo hicieron, a que ratifiquen y cumplan sus
obligaciones en virtud de la Convención Contra la Tortura y las
disposiciones del Protocolo Facultativo.
SITUACIONES QUE CARACTERIZAN LA
TORTURA
Según el Arto 1 de la Convención contra
la Tortura, la práctica es caracterizada como “Todo acto por el cual se
inflija internacionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves,
sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero,
informaciones o una confesión, de castigar por un acto que haya
cometido, o sospeche que se cometió, o de intimidar o coaccionar a esa
persona u otras, o por cualquier otra razón basada en cualquier tipo de
discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por
un servidor público u otra persona en ejercicio de funciones públicas a
instigación suya, o con su consentimiento o aceptación”.
Fuentes: G-80/Aditalhttp://www.elciudadano.cl/2010/06/26/dia-mundial-contra-la-tortura-comision-etica-denuncia-que-en-chile-se-reprime-a-quienes-exigen-cambios/
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