viernes, 9 de diciembre de 2016

Chile: ¿Cómo enfrentar legalmente una negligencia médica?....Lya Rojas



Todos hemos escuchado en más de una oportunidad diferentes casos de diagnósticos erróneos por parte de especialistas médicos o algún tipo de negligencia, los que generalmente no terminan de la mejor forma. Sucede hasta en las mejores clínicas del país y los ejemplos son innumerables, pero el problema viene cuando nos ocurre personalmente o afecta a algún familiar cercano. Ante tal situación, cómo saber o identificar cuando se trata realmente de una negligencia médica, y cómo podemos proceder legalmente en caso de que nos sintamos menoscabados en nuestra salud o moral y se busque algún tipo de indemnización.

Existen diversos casos en que se ha condenado a pagar sumas millonarias al Estado y Particulares por las negligencias médicas, puesto que el Derecho a la Salud, a la Vida y la Integridad Física y Síquica, están consagrados Constitucionalmente.
En términos legales, la
negligencia médica
se produce cuando asistimos a un Centro Asistencial de Salud, sea Hospital, Clínica o Centro Médico, o bien cuando acudimos a un profesional del área de la salud, en busca de una atención médica y ésta o no se presta, no se da de manera oportuna o se bien se otorga de manera deficiente y a consecuencia de ello se produce un daño.
En este sentido, ¿qué hacer en caso de haber sufrido una negligencia médica? La ley no permite demandar directamente al o los involucrados, sino que previamente se debe asistir a una mediación gratuita en el Consejo de Defensa del Estado, en caso de tratarse de una Institución Pública, o que deberá pagarse en caso de una Institución o Médico Privado en la Superintendencia de Salud, en este último caso costará como máximo alrededor de $300.000, los que podrán ser pagados por partes iguales por los asistentes a la Mediación.
En caso de haber un acuerdo en la instancia de Mediación, el monto máximo permitido a consensuar es el equivalente a 3.000 UF, hoy cerca de $78.000.000, pero regularmente las sumas acordadas en esta instancia son mucho menores, la ventaja que aporta es que evita un juicio largo y costoso.

Por otro lado, ¿qué se puede hacer si no se llega a acuerdo en la Mediación? En este punto, se debe interponer una demanda en los Tribunales Ordinarios de Justicia, para ello es necesario contratar un abogado, los que muchas veces se hacen cargo de este tipo de procesos con una cuota Litis, es decir, un porcentaje del resultado obtenido en caso de ser favorable el resultado.
¿Podría tener otros costos asociados el juicio? En el litigio el demandante deberá asumir los gastos de las notificaciones que deben efectuarse por medio de un receptor particular, si desea rendir prueba de testigos, indispensable para acreditar el daño moral, será necesario de igual modo contratar a este funcionario para que los interrogue.

El tiempo aproximado que durará el proceso judicial será de dos años, actualmente ya no existen esos juicios eternos de cinco años como antaño, puesto que la modernización del sistema civil ha hecho que la decisión del proceso plasmada en la sentencia sea mucho más rápida. Hoy en día, y ad portas de la reforma del sistema civil, la que comienza el 18 de diciembre y que deja atrás los escritos de papel por un sistema de expedientes virtuales, se espera que los procesos sean incluso más agiles.
Hay que tener en consideración que el demandante es quien debe acreditar los hechos en que fundamenta su demanda, por lo que el peso de la prueba le corresponde solo a él, lo que aumenta la complejidad del juicio.

En los contratos médicos, sean generales o especiales, existen deberes esenciales de cuidado de los pacientes que deben ser respetados. Por otra parte, en Hospitales o Instituciones Públicas, no debe probarse culpa o dolo de algún funcionario en particular, sino tan sólo el que el Estado haya actuado en forma reprochable; es decir, con falta de servicio.
Existen diversos casos en que se ha condenado a pagar sumas millonarias al Estado y Particulares por las negligencias médicas, puesto que el Derecho a la Salud, a la Vida y la Integridad Física y Síquica, están consagrados Constitucionalmente.

vía:
http://www.elquintopoder.cl/salud/como-enfrentar-legalmente-una-negligencia-medica/

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