La aprobación por la Comisión de Evaluación Ambiental de Aysén -por once votos a favor y una abstención- del proyecto HidroAysén para la construcción de cinco centrales hidroeléctricas que inundarán 6 mil hectáreas y destruirán para siempre los ríos Baker y Pascua, así como los ecosistemas de la Patagonia chilena,
deja en evidencia las múltiples limitaciones de la institucionalidad
chilena para garantizar los derechos básicos de los ciudadanos, para
proteger el medio ambiente, y en última instancia, para permitir la
vigencia de un sistema político que podamos definir como una democracia.
Analicemos algunos de los elementos que hacen posible este proyecto y su aprobación por esta instancia gubernamental.
El proyecto es impulsado por dos
empresas privadas que han adquirido gratuitamente del Estado los
derechos no consuntivos de aguas sobre dichos ríos, aguas que nos
pertenecen a todos, pero que en virtud del Código de Aguas de 1981, y de la Constitución
de 1980, permiten, en la práctica, su apropiación por privados. A
través de una ficción legal, si bien dichas empresas no son propietarias
de las aguas, las que en teoría nos siguen perteneciendo a todos, lo
son de la concesión otorgada por el Estado, pudiendo enajenarlas a
terceros. Se trata como sabemos de empresas poderosas. Solo Endesa concentra el 80% de los derechos no consuntivos de agua del país. Su poder es tal, que el Congreso Nacional
les aseguró en la reforma del Código de Aguas de 2005 la aprobación de
una disposición transitoria que les garantizó exención del pago de
patente por no uso de las aguas hasta el 2012.
Proyectos como el de HidroAysén obtienen
del Estado permisos ambientales sin considerar de manera efectiva la
voz de las comunidades que afectan. Así, a pesar de la reciente reforma
a la legislación ambiental, la participación ciudadana sigue siendo un
mero procedimiento formal en que las comunidades afectadas por
iniciativas como ésta tienen nulo poder para incidir en las decisiones
de los evaluadores públicos. La legislación vigente sigue sin prohibir
la negociación incompatible, permitiendo a los proponentes de grandes
proyectos de inversión negociar fuera del proceso de evaluación de
impacto ambiental acuerdos compensatorios que inhiben o distorsionan la
participación ciudadana. La legislación ambiental reformada permite, a
su vez, el fraccionamiento de proyectos de un mismo proponente que están
indisolublemente vinculados. Así, en el caso de HidroAysén, la ley
permite que el proyecto para la construcción de las cinco centrales en
los ríos Baker y Pascua sea tramitado por la autoridad ambiental en
forma independiente de la propuesta para la construcción de las líneas
de trasmisión, la que tiene una extensión de más de dos mil kilómetros,
afecta siete regiones, y entre 4 a 5 mil propietarios, incluyendo entre
ellos comunidades mapuche, además de áreas protegidas, cuyo impacto
ambiental acumulativo, por lo mismo, es enorme.
HidroAysén, además, es un ejemplo
patético del centralismo aún vigente en el país a inicios del siglo XIX,
en que el poder político, y el poder económico relacionado a este,
sigue radicado en Santiago. Las decisiones sobre el
futuro de las regiones siguen siendo adoptadas por el poder central y no
por quienes habitan en ellas. Las autoridades regionales, como las que
componen la Comisión de Evaluación Ambiental de Aysén, son funcionarios
públicos nombrados por el Presidente de la República en Santiago, y no
por la ciudadanía regional. En caso de materializarse este proyecto,
HidroAysén no tributará en la región, sino lo hará fundamentalmente en
Santiago. Las centrales previstas en él se nutrirán de las aguas de la
región, e impactarán significativamente a la vida de las comunidades
locales, pero éstas no recibirán, salvo las compensaciones irrisorias
para las ganancias que ellas generaran, beneficio alguno de ellos.
En los últimos días hemos sido testigos
de la represión a quienes se han manifestado públicamente en rechazo a
la aprobación gubernamental de HidroAysén. Las marchas y movilizaciones
públicas pacíficas convocadas por las organizaciones ambientales y
ciudadanas en diversas regiones del país, incluyendo Coyaique, Concepción, Valparaíso
y Santiago, entre otras, han sido brutalmente disueltas por las fuerzas
policiales, siendo los manifestantes heridos o detenidos. Ello al
amparo de un Decreto Supremo de la dictadura, que data de 1983, y que
permite restringir el derecho de reunión pacífica sin permiso previo,
derecho básico reconocido en tratados internacionales de derechos
humanos e incluso en la propia Constitución Política de 1980. Así como
de una práctica represiva sistemática de las policías, en especial de Carabineros,
que han sido toleradas por la autoridad. También debido a que los
delitos que cometen carabineros en contra de civiles en su actuar
represivo siguen siendo competencia de justicia militar, la que los deja
en la impunidad.
Es evidente entonces que el proyecto
HydroAysén no sería posible sin la institucionalidad aquí analizada, la
que como sabemos fue impuesta por la dictadura, y que a pesar de las
reformas que le han sido introducidas, sigue sin modificarse en muchos
aspectos que privan a la ciudadanía de todo poder frente a iniciativas
de esta naturaleza.
Tal institucionalidad, como sabemos, se
cimenta en una Constitución Política y en una legislación cuya reforma
es casi imposible, por los elevados quórums establecidos para estos
efectos. Ello sobre todo teniendo en cuenta los obstáculos que el
sistema electoral binominal establece para una representación política
amplia, que incluya a todos los sectores de la ciudadanía en el Congreso
Nacional, que es el órgano encargado de elaborar la legislación que
regula proyectos como HidroAysén.
Por lo anterior, que cabe hacer una
reflexión sobre las estrategias que los movimientos ciudadanos venimos
desarrollando ya por largo tiempo frente a iniciativas como ésta (Ralco,
proyectos mineros, forestales, carreteros, entre otros) que afectan a
comunidades, a pueblos y al medio ambiente; que nos son impuestas por el
mercado, con el aval del Estado.
Frente a cada una de estas iniciativas
hemos hecho uso de todas las herramientas legales existentes, incluyendo
la participación en los procesos de evaluación de impacto ambiental,
recursos ante la autoridad administrativa, acciones ante los tribunales
de justicia, por citar algunas, intentado por esta vía, con ingenuidad o
ilusión, frenarlas. Los resultados de estas estrategias, salvo
contadísimas excepciones, son por todos conocidos.
No sostengo aquí que la ciudadanía, las
comunidades y pueblos afectados por proyectos de inversión violatorios
de derechos ambientales y políticos básicos no debamos hacer uso de
dichas herramientas, sino que resulta imperioso pensar e impulsar otras
estrategias complementarias que apunten hacia la remoción de las
barreras institucionales que hacen posible iniciativas como HidroAysén.
Me refiero concretamente a la necesidad
urgente de aunar fuerzas para la creación de un movimiento diverso,
plural e intercultural de los sectores progresistas de este país, que
permita la generación democrática de un acuerdo social que se plasme en
una nueva institucionalidad jurídico política para el país, que
sustituya aquella que nos fue impuesta por la fuerza por la dictadura
militar. Un acuerdo social en que los derechos de las personas, de los
pueblos y de la naturaleza primen sobre el mercado. Un acuerdo en que
recuperemos el control de bienes comunes, como el agua, hoy apropiados
por empresas como Endesa y Colbún. Un acuerdo en que
las decisiones sobre el futuro de nuestros territorios sean tomadas por
quienes habitamos en ellos, y no por burócratas en Santiago. Un acuerdo,
finalmente, en que nadie nos pueda privar del derecho de manifestación
pública y excluir de la participación política como lamentablemente
ocurre a la fecha.
¿Cuántos HidroAysén más necesitamos para darnos cuenta de ello?
Por José Aylwin
Fuente, vìa :
http://www.elciudadano.cl/2011/05/13/hydroaysen-y-los-limites-de-la-institucionalidad-vigente/
http://www.elciudadano.cl/2011/05/13/hydroaysen-y-los-limites-de-la-institucionalidad-vigente/
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