Recurrimos a la palabra cambalache del tango argentino compuesto en 1934 por el gran Enrique Santos Discépolo para describir un intento comercial absolutamente obsceno que se refleja en una noticia publicada en El Mercurio del 5 de noviembre de 2016.
Será muy interesante saber qué tipo de ingeniería y de interpretación legal utilizará la futura alcaldesa Evelyn Matthei para que Horst Paulmann puede hacer este ocurrente cambalache, tan propio de los tiempos llenos de corrupción que corren.
El reportaje tenía por título
“Cencosud buscaría reducir mitigaciones delCostanera Center al convertir estacionamientos en locales”
(sic), con bajada
“la firma aún no tiene el permiso de la Municipalidad de Providencia para modificar el mall“,
reproduciendo
opiniones de ciertos entendidos en cuanto a que, con este cambio, se
reduce la incidencia que tiene el proyecto en su entorno. Los lectores
que no conocen estos asuntos debieron haber percibido que Cencosud,
conforme a sus políticas de Responsabilidad Social Empresarial, le está
haciendo un favor a ese sector urbano conocido por la elite como
Sanhattan.
Dicho medio de expresión decía que la transformación del mall se había comunicado a unos inversionistas en una actividad conocida como Cencosud Day en Buenos Aires, Argentina y que habría sido muy bien recibida por el mercado del retail.
Curioso en todo caso que tal decisión privada no se hubiese informado
en un elegante centro de eventos en Santiago de Chile, pues mal que mal
Paulmann además de alemán es chileno por gracia de los parlamentarios.
Pues bien, recordemos que las obras de este mall se iniciaron en el año 2006 sin que Cencosud contara con un permiso de edificación, es decir, se procedió “a la chilena” y la aprobación del Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano (EISTU), requisito perentorio para cursar los permisos por parte de los Directores de Obras Municipales se obtuvo 3 años después. Sobre este negocio la Fundación Defendamos la Ciudad lo objetó en todas las instancias administrativas, entre otras cosas, porque el proyecto de alta carga de ocupación debía enfrentar necesariamente una vía expresa, lo que no acontecía y que por ello se le representó al Seremi de entonces.
Para ayudar al empresario Horst Paulmann, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) servicio del Estado que se caracteriza por solucionar los problemas que tienen los más poderosos e influyentes actores del mercado, con un acomodaticio Decreto modificó la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), instrumento de carácter nacional que es el reglamento de la Ley, estableciendo que ese tipo de proyectos inmobiliarios pueden enfrentar indistintamente vías expresas y/o troncales y así se enderezó la inversión.
En diferentes medios de prensa digitales y en entrevistas en CNN Chile, hemos entregado nuestra opinión sobre este mall y si algunos lectores desean conocer la historia fidedigna de este invasivo proyecto es cosa de buscar en internet con nuestro nombre y el de Costanera Center.
En el extemporáneo EISTU se estipuló que Cencosud debía ejecutar un túnel, a sus expensas, el que tenía que discurrir por el subsuelo de la Av. Andrés Bello, enfrente de la mega estructura, obra civil que se consideró en ese solemne acto público como una mitigación vial. En la actualidad el túnel no existe y Costanera Center cuenta solo con recepciones parciales firmadas por el Director de Obras de Providencia y la resistencia a construir el túnel se debe a su alto costo y por ello Paulmann le pidió a todos los ex ministros sectoriales de los últimos gobiernos que compartieran, mitad y mitad, el precio que es de unos cuantos millones de dólares. Unos ministros se allanaron y otros no, pero el hecho concreto es la ausencia del túnel y por ello no hay un certificado de recepción final de las obras.
Digamos en todo caso que la Contraloría sancionó a los 3 arquitectos funcionarios que intervinieron en la tramitación de ese proyecto y si Cencosud desea mejorar la rentabilidad de su inversión, con el expediente de reemplazar ciertos espacios por otros más lucrativos que serían utilizados, vía arriendos, por nuevas tiendas de lujo, ello sería posible solamente si las instituciones del Estado dejan de cumplir sus atribuciones, escenario muy factible, pues ya sabemos que en Chile los grupos económicos hacen y deshacen.
El terreno en donde se emplaza el proyecto forma parte del Plan Regulador Comunal (PRC) de Providencia, con normas urbanísticas tremendamente favorables respecto de los agrupamientos, capacidad máxima de edificación, rasantes y distanciamientos fijadas arbitrariamente en Decreto Supremo Nº 308 de 1980 por el ministro de Vivienda de la dictadura, las que fueron ratificadas por otro ministro de ese régimen el 6 de enero de 1989. Si la memoria no nos falla, los ministros en aquella época eran, respectivamente, el general de Brigada Aérea Jaime Estrada y el civil Gustavo Montero, con quien Sebastián Piñera hizo sus primeros negocios inmobiliarios. Aunque el lector no lo crea, esas normas todavía se conservan intactas en el artículo 4.3.16, Zona Especial Ex CCU, de ese PRC de Providencia.
En lo que dice relación a la cantidad de estacionamientos, Costanera Center se rige por lo ordenado en el artículo 7.1.2 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) vigente desde el año 1994, el que dice “los proyectos de construcción deberán cumplir con las normas y estándares mínimos de estacionamientos de vehículos motorizados, que se señalan en el cuadro 10 del artículo 7.1.2.9 de la presente Ordenanza”.
De lo anterior se desprende que tanto el permiso de edificación como el EISTU, ambos cursados fuera de plazo, contemplaron una cierta cantidad de estacionamientos de acuerdo a los metros cuadrados de los distintos tipos de destinos (equipamientos, cines, hoteles, restaurantes, supermercados, oficinas profesionales, etc.) fijados en ese cuadro 10 y si ahora Cencosud desea reducirlos para disponer de más locales comerciales, ello no será posible pues su operación de sustitución vulnera la disposición reglamentaria vigente para los proyectos de edificación que se ejecutan en la contaminada región metropolitana de Santiago.
Dicho de otro modo, adscribiéndonos a la ley, si Costanera Center desea tener mayor cantidad de metros cuadrados útiles que renten y que, por lo tanto, se acreciente su abultada fortuna, deberá contar con un mayor guarismo de estacionamientos, en ningún caso menos, y por ello será muy interesante saber qué tipo de ingeniería y de interpretación legal utilizará la futura alcaldesa Evelyn Matthei para que Horst Paulmann puede hacer este ocurrente cambalache, tan propio de los tiempos llenos de corrupción que corren.
vía:
http://www.elquintopoder.cl/ciudad/costanera-center-desea-hacer-un-cambalache-para-ganar-mas-platita/?utm_source=boletin_semanal&utm_medium=Email&utm_campaign=boletin-162_20161115&utm_content=destacado_principal_2
Pues bien, recordemos que las obras de este mall se iniciaron en el año 2006 sin que Cencosud contara con un permiso de edificación, es decir, se procedió “a la chilena” y la aprobación del Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano (EISTU), requisito perentorio para cursar los permisos por parte de los Directores de Obras Municipales se obtuvo 3 años después. Sobre este negocio la Fundación Defendamos la Ciudad lo objetó en todas las instancias administrativas, entre otras cosas, porque el proyecto de alta carga de ocupación debía enfrentar necesariamente una vía expresa, lo que no acontecía y que por ello se le representó al Seremi de entonces.
Para ayudar al empresario Horst Paulmann, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) servicio del Estado que se caracteriza por solucionar los problemas que tienen los más poderosos e influyentes actores del mercado, con un acomodaticio Decreto modificó la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), instrumento de carácter nacional que es el reglamento de la Ley, estableciendo que ese tipo de proyectos inmobiliarios pueden enfrentar indistintamente vías expresas y/o troncales y así se enderezó la inversión.
En diferentes medios de prensa digitales y en entrevistas en CNN Chile, hemos entregado nuestra opinión sobre este mall y si algunos lectores desean conocer la historia fidedigna de este invasivo proyecto es cosa de buscar en internet con nuestro nombre y el de Costanera Center.
En el extemporáneo EISTU se estipuló que Cencosud debía ejecutar un túnel, a sus expensas, el que tenía que discurrir por el subsuelo de la Av. Andrés Bello, enfrente de la mega estructura, obra civil que se consideró en ese solemne acto público como una mitigación vial. En la actualidad el túnel no existe y Costanera Center cuenta solo con recepciones parciales firmadas por el Director de Obras de Providencia y la resistencia a construir el túnel se debe a su alto costo y por ello Paulmann le pidió a todos los ex ministros sectoriales de los últimos gobiernos que compartieran, mitad y mitad, el precio que es de unos cuantos millones de dólares. Unos ministros se allanaron y otros no, pero el hecho concreto es la ausencia del túnel y por ello no hay un certificado de recepción final de las obras.
Digamos en todo caso que la Contraloría sancionó a los 3 arquitectos funcionarios que intervinieron en la tramitación de ese proyecto y si Cencosud desea mejorar la rentabilidad de su inversión, con el expediente de reemplazar ciertos espacios por otros más lucrativos que serían utilizados, vía arriendos, por nuevas tiendas de lujo, ello sería posible solamente si las instituciones del Estado dejan de cumplir sus atribuciones, escenario muy factible, pues ya sabemos que en Chile los grupos económicos hacen y deshacen.
El terreno en donde se emplaza el proyecto forma parte del Plan Regulador Comunal (PRC) de Providencia, con normas urbanísticas tremendamente favorables respecto de los agrupamientos, capacidad máxima de edificación, rasantes y distanciamientos fijadas arbitrariamente en Decreto Supremo Nº 308 de 1980 por el ministro de Vivienda de la dictadura, las que fueron ratificadas por otro ministro de ese régimen el 6 de enero de 1989. Si la memoria no nos falla, los ministros en aquella época eran, respectivamente, el general de Brigada Aérea Jaime Estrada y el civil Gustavo Montero, con quien Sebastián Piñera hizo sus primeros negocios inmobiliarios. Aunque el lector no lo crea, esas normas todavía se conservan intactas en el artículo 4.3.16, Zona Especial Ex CCU, de ese PRC de Providencia.
En lo que dice relación a la cantidad de estacionamientos, Costanera Center se rige por lo ordenado en el artículo 7.1.2 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) vigente desde el año 1994, el que dice “los proyectos de construcción deberán cumplir con las normas y estándares mínimos de estacionamientos de vehículos motorizados, que se señalan en el cuadro 10 del artículo 7.1.2.9 de la presente Ordenanza”.
De lo anterior se desprende que tanto el permiso de edificación como el EISTU, ambos cursados fuera de plazo, contemplaron una cierta cantidad de estacionamientos de acuerdo a los metros cuadrados de los distintos tipos de destinos (equipamientos, cines, hoteles, restaurantes, supermercados, oficinas profesionales, etc.) fijados en ese cuadro 10 y si ahora Cencosud desea reducirlos para disponer de más locales comerciales, ello no será posible pues su operación de sustitución vulnera la disposición reglamentaria vigente para los proyectos de edificación que se ejecutan en la contaminada región metropolitana de Santiago.
Dicho de otro modo, adscribiéndonos a la ley, si Costanera Center desea tener mayor cantidad de metros cuadrados útiles que renten y que, por lo tanto, se acreciente su abultada fortuna, deberá contar con un mayor guarismo de estacionamientos, en ningún caso menos, y por ello será muy interesante saber qué tipo de ingeniería y de interpretación legal utilizará la futura alcaldesa Evelyn Matthei para que Horst Paulmann puede hacer este ocurrente cambalache, tan propio de los tiempos llenos de corrupción que corren.
vía:
http://www.elquintopoder.cl/ciudad/costanera-center-desea-hacer-un-cambalache-para-ganar-mas-platita/?utm_source=boletin_semanal&utm_medium=Email&utm_campaign=boletin-162_20161115&utm_content=destacado_principal_2
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