Barómetro Internacional
En julio de 1867, en su
primer manifiesto dirigido al pueblo mexicano después de haber entrado
triunfante a la capital tras la derrota del imperio austríaco, el
presidente Benito Juárez enunció una frase que marcaría para siempre la
historia de México y dejaría una impronta en América Latina: “Entre los
individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la
paz”. Tal vez, podría considerarse esta frase como uno de los pilares
fundantes del derecho internacional latinoamericano y un aporte a la
búsqueda de mantener relaciones armoniosas entre los pueblos y gobiernos
del mundo.
Unos años antes, Andrés Bello, en
su obra “Principios de Derecho internacional” publicada en Caracas en
1837, transformada en texto obligado de consulta de las cancillerías de
la región y adoptada como texto de estudio en varias universidades de
América Latina, el educador, diplomático y jurisconsulto venezolano hizo
mención a las particularidades y a la diversidad de la región, buscando
sin embargo -en términos del derecho- conciliar el pensamiento
universalista vigente con el americano emergente.
Lo
cierto es que en fecha cercana a la derrota definitiva del imperio
español en América y con el surgimiento de nuevas repúblicas comenzó a
construirse una doctrina jurídica propia de la región que habría de
hacer importantes contribuciones, muchas veces inéditas al derecho
internacional, los que se constituirían en destacados cimientos para la
estructuración sólida del sistema internacional actual, toda vez que se
manifiestan en la propia Carta de la ONU, así como en otras esferas del
orden jurídico internacional. Al recrear estas letras, hecho mano a la
memoria y a mis notas de las ya lejanas clases de Derecho Internacional
en la universidad para recordar el extraordinario aporte de nuestra
región a la edificación de un corpus jurídico para el mundo.
Ya
en 1820, plenipotenciarios de Colombia encabezados por quien después
sería el Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre, bajo
orientación del Libertador Simón Bolívar firmaron con representantes de
la monarquía española, el Tratado de Regularización de la Guerra que es
considerado el principal antecedente del Derecho Internacional
Humanitario actual.
El diplomático y jurista
argentino Carlos Calvo, autor de “El derecho internacional teórico y
práctico de Europa y América” estableció antes que nadie el principio de
que las controversias en contratos internacionales no podrían ser
reclamados por vía diplomática o mediante la agresión armada, evitando
de esa manera que los países más poderosos pudieran utilizar tales
controversias como mecanismos de intervención. Calvo apelaba a la
solución pacífica de controversias como el único instrumento válido de
la diplomacia para regir las relaciones internacionales a partir de la
consagración de la igualdad jurídica entre los Estados, como
consecuencia fue el fundamento doctrinario para impedir el uso de la
fuerza. Pronto, este precepto que fue largamente vetado por Estados
Unidos en las primeras conferencias panamericanas, se trasladó al ámbito
extra regional convirtiéndose en los hechos en principio rector de
política internacional de alcance planetario. Los preceptos jurídicos
esbozados por Calvo dieron forma -de manera más acabada- a la Doctrina
Drago, llamada así en honor a su autor el ministro de relaciones de
Argentina, Luis María Drago quien estableció que ningún Estado
extranjero podía utilizar la fuerza contra una nación americana con el
objetivo de cobrar una deuda.
En otro ámbito,
ya en pleno siglo XX, afrontando la realidad de Europa que fue testigo
de dos guerras imperialistas en poco más de 30 años, los países
latinoamericanos impulsaron -tras el fin de la segunda guerra mundial-
la aceptación universal de estos principios consagrados en el derecho
americano (ninguno de los cuales fuera elaborado ni promovido por
Estados Unidos o Canadá) y lograron su incorporación a la Carta de las
Naciones Unidas, ocupando un lugar prominente en el artículo 2 de dicho
documento
El desarrollo posterior del derecho
y los aportes latinoamericanos permitieron que nuestra región fuera la
primera en el mundo en declararse libre de armas nucleares tras la firma
en 1967 del “Tratado de Tlatelolco para la Proscripción de las Armas
Nucleares en América Latina”, estableciendo nuevamente un principio que
pronto fue imitado por otras regiones del planeta. Un paso adelante fue
la adopción por la 2da. Cumbre de países de la Comunidad de Estados
Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) celebrada en La Habana en 2014 del
acuerdo por el cual se declaraba a América Latina y el Caribe, como Zona
de Paz.
Otros aportes de América Latina al
Derecho Internacional dicen relación con la institución del asilo
diplomático, adoptado en América Latina antes que en cualquier otro
lugar del mundo e incluido en el derecho americano en la Convención de
La Habana de 1928 y reiterada en Montevideo (1933) y Caracas (1954) y lo
relacionado al refugio como ámbito del derecho internacional, que casi a
finales del siglo pasado se extendió a los desplazados internos y
ciudadanos en situación de vulnerabilidad También, ya en los
prolegómenos del siglo XX el jurista brasileño Clovis Bevilaqua esbozó
planteamientos en defensa de la soberanía como eje de la existencia de
los Estados.
Este recuento no estaría
completo si no se hiciera mención de la doctrina latinoamericana en
materia de reconocimiento de gobiernos que se debe al Canciller
ecuatoriano Carlos Tobar en 1907, la que años más tarde, en 1930, dio
paso a la propuesta elaborada por el canciller de México Genaro Estrada
quien adoptando los principios de no intervención e igualdad entre
Estados formuló un cuerpo doctrinario para impedir el otorgamiento de
reconocimiento a gobiernos de facto que surgieran del violentamiento del
orden constitucional.
Así, se hace evidente
que los países latinoamericanos han encontrado a través de la historia,
los instrumentos jurídicos necesarios para dar respuesta a los
conflictos y a las crisis surgidas en el entorno, buscando en el seno
del derecho la manera de solucionar las controversias a través del
diálogo y la negociación. Cada vez que estos han fallado, se ha
recurrido a la guerra fratricida, de las que sólo ha salido ganando
Estados Unidos que nos divide, y las oligarquías locales que se hacen de
los dividendos de la guerra, la reconstrucción y las reparticiones de
los botines.
En este marco, los pueblos de
Latinoamérica y el Caribe fieles a una tradición y a una cultura que
tiene muchos elementos en común, han sido capaces de contribuir a la
construcción de un marco jurídico para la región, que además ha servido
-en muchos casos- para todo el mundo, vale decir, no obstante, que aún
las oligarquías locales hacen uso del entramado jurídico en beneficio
propio, aunque en el plano internacional se mantienen algunas normas que
a pesar de las diferencias, siguen siendo respetadas. Estas doctrinas,
principios y preceptos son estudiados y conocidos en las cancillerías de
casi todos los países de América Latina y el Caribe. Lo sé porque
intercambio con colegas de varios países, a pesar de las diferencias
políticas o ideológicas que orientan los gobiernos, una buena parte de
estos Estados tienen cuerpos diplomáticos de alto nivel profesional.
No
tengo ninguna duda, que a esos profesionales no les mostraron la
declaración del Grupo de Lima del 4 de enero y mucho menos el artículo 9
de ese adefesio jurídico que pretende tener cabida en el derecho
internacional. Estoy seguro que de haberlo revisado, lo habrían
rechazado: el espíritu de Calvo, de Drago, de Bevilaqua, de Tobar y de
muchos otros está presente en muchos honestos servidores públicos del
servicio exterior latinoamericano (excluyo a Canadá, cuya cancillería es
una agencia más del Departamento de Estado de Estados Unidos). Tampoco a
Paraguay, donde gobierna el partido que gobernó dictatorialmente a
sangre y fuego ese país durante 35 años, que fue guarida de nazis y que
hoy mismo ha sido calificado como un narcoestado y refugio de
contrabandistas de armas en connivencia con el gobierno por sus propios
jefes del departamento de Estado de Estados Unidos
El
artículo 9 de la Declaración de Lima del 4 de enero nos lleva a la
terrible realidad y a la brutal constatación de que el derecho
internacional americano ha caído en manos de una tropa de ignorantes que
no temen hacer alarde de su mediocridad para emitir opiniones
políticas, arropadas en su carácter de presidentes tratando de darle un
manto jurídico a prácticas intervencionistas y belicistas.
Que
pueden entender de derecho internacional personajes como Piñera, Macri,
Duque, Varela, Abdo Benítez, Jimmy Morales, Juan Orlando Hernández o
Vizcarra cuando se han pasado parte importante de sus vidas, eludiendo
la justicia de sus países, como se evidencia de sus propios historiales.
Así, como creen que sus países (orden jurídico incluido) son propiedad
privada de ellos y de las clases sociales que representan, pretenden que
el derecho internacional se subordine a sus caprichos y a sus
aberraciones.
La calaña de estos personajes,
que sin impudicia se proponen violentar el orden internacional nos
expone a una grave situación, sobre todo porque en la medida que se han
autodenominado “opinión pública internacional” hacen que los medios de
comunicación que los apadrinan apabullen y avasallen de información
falsa al mundo (ver los medios transnacionales de información del 4 y 5
de enero) generando condiciones para las intervenciones militares como
en el caso de Irak, de Libia y de Siria, guerras desatadas por gobiernos
imperiales coludidos con los grandes medios transnacionales de
comunicación.
En este caso recapacitaron,
(con excepción del insignificante gobierno de Paraguay y la provincia
anglo francesa del norte de Estados Unidos) pero el peligro se mantiene
latente, la creencia de que el derecho internacional está sus pies y que
debe subordinarse a sus designios políticos por encima de la ley, pone a
nuestra región en una situación de extrema fragilidad jurídica. Serán
responsables de cualquier agresión contra Venezuela u otro país de la
región y más temprano que tarde pagarán por ello.
sergioro07@hotmail.com
Fuente: https://barometrolatinoamericano.blogspot.com/2019/01/grupo-de-lima-cuando-la-ignorancia-se.html
vía: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=251662&titular=grupo-de-lima-cuando-la-ignorancia-se-pretende-convertir-en-derecho-
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