sábado, 6 de octubre de 2012
España: Varapalo de la Justicia a la policía y Ministerio de Interior: archivada la causa contra los promotores del 25-S
El juez de la Audiencia Nacional española, Santiago Pedraz, ha archivado la causa contra ocho imputados por promover las manifestaciones del 25-S porque los hechos no eran constitutivos de ningún delito. Además, en su auto el juez da un varapalo a la Policía y al Ministerio de Interior que pretendían procesar a los 8 activistas por cometer delito contra las instituciones del Estado. El juez justifica la manifestación del 25-S en el marco de la libertad de expresión, y dice textualmente: "máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política".
El magistrado esgrime un amplio catálogo de razones para rechazar que la convocatoria implicase delito alguno, incluidos los de los artículos 493, 494 y 495 del Código Penal, que castigan los actos contra instituciones del Estado como el Congreso de los Diputados. En ese sentido, subraya que la propia delegada del Gobierno en Madrid, Cristinas Cifuentes, en el acuerdo permitiendo determinados itinerarios de la manifestación, señalaba que la intención de la convocatoria no era ocupar el Congreso, sino "permanecer de forma indefinida en el paseo del Prado, en las inmediaciones" del Palacio de las Cortes, por lo que "la gravedad aventurada por la Policía no era tal". Al no pretenderse la invasión del edificio, no puede imputarse el artículo 493.
El magistrado destaca, tras examinar las actas del Congreso del 25 de septiembre, que la sesión plenaria celebrada ese día no fue alterada en absoluto por la manifestación. Lo que descarta el delito del artículo 494.
Y en cuanto al 495, que castiga a quienes intenten penetrar en el Congreso con armas u otros instrumentos peligrosos, el juez comienza destacando que "no puede hacerse responsables de delito a los convocantes por actos realizados por terceras personas que se extralimitan en el objeto de la convocatoria". Y añade que, en todo caso, el perímetro de seguridad estaba muy alejado de la sede del Congreso, y que no cabe deducir que quien intentó saltar las vallas quisiese realmente entrar en el edificio, por otro lado cerrado, cabiendo pensar que sólo se quería llegar a las puertas o rodear o cercar el Parlamento, como señalaba la convocatoria.
Pero el juez va más allá aún y destaca que no hay ningún delito en nuestra legislación que castigue una convocatoria de rodear el Congreso para "exigir la ruptura del régimen vigente, mediante la dimisión del Gobierno en pleno, disolución de las Cortes, y de la Jefatura del Estado, y abolición de la actual Constitución", como querían los convocantes. Y añade que, de existir un delito contra dicho acto, "atentaría claramente al derecho fundamental de libertad de expresión, pues hay que convenir que no cabe prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional, ni, menos aún, de prohibir la expresión de opiniones subjetivas sobre acontecimientos históricos o de actualidad, máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política".
Activistas sociales arroparon a las ocho personas imputadas en las puertas de la Audiencia Nacional. Tras el archivo de la causa, los ocho quedan en libertad por la decisión del juez. A la salida no ocultaban su alegría y expresaban su deseo de seguir luchando pacíficamente contra los recortes sociales y la dictadura de los mercados.
En una práctica habitual de las dictaduras la policía siguió a las personas que se reunían para debatir sus posicionamientos y opiniones políticas con respecto a la crisis actual y también para preparar la manifestación del 25 de septiembre. Reunidas en un parque público, sin alterar el orden público, la policía identificó a varias de las personas imputadas.
El día de la manifestación, tras horas de protesta pacífica, apareció un extraño grupo de encapuchados, que apareció de la nada, y tras generar la violencia desapareció de la nada. En ese grupo se ha confirmado la presencia de policías infiltrados.
Aparte de la causa archivada hoy, todavía está pendiente la abierta contra 34 personas detenidas tras la manifestación del 25-S, y a las que una juez de Madrid imputa en delitos contra las instituciones del Estado, que entiende que deben ser investigados por la Audiencia Nacional. El juez de la Audiencia Santiago Pedraz, ya ha dicho que la Audiencia Nacional no tiene competencia sobre ese caso.
De momento, el archivo de la causa contra las 8 personas acusadas de cometer delitos contra el Estado por organizar una manifestación es vista como una victoria ciudadana para las y los activistas que gritaban “sí se puede” a la salida de la Audiencia Nacional.
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