Un artista callejero está siendo acusado de
infringir la Ley de Seguridad Interior del Estado por interrumpir la
canción nacional durante un acto del Bicentenario en Temuco. Ello es
posible gracias a una institucionalidad monárquica que igual los
símbolos patrios al Estado mismo y que, según la coordinadora del
Programa de Libertad de Expresión de la Universidad de Chile, parece
estar siempre lista para echar mano a cualquier insolente.
En estas Fiestas Patrias, propongo que quememos la bandera, rayemos
el escudo nacional en el frontis del Congreso, y cantemos el himno
nacional en clave hip hop. Porque hay poco que celebrar. Porque la
huelga de hambre de los mapuche, porque la votación vergonzosa de un
vergonzoso proyecto de ley, porque los supermercados van a atender hasta
la medianoche para recuperar los feriados del fin de semana y porque la
brecha entre ricos y pobres se mantiene. Y porque nunca me he tragado
eso de que nuestra bandera ganó un concurso internacional como la más
linda o que el himno chileno es uno de los mejores, solo superado por La Marsellesa.Pero le advierto que, si se entusiasma con esta propuesta, corremos el riesgo de ir a la cárcel acusados de atentar contra las bases mismas del Estado. Algo así le pasó a Juan Valdivia Madariaga, un artista callejero, quien este miércoles interrumpió la interpretación de la canción nacional en uno de esos cientos de actos programados para el Bicentenario, realizado en Temuco. El Ministerio Público estimó de tal gravedad los hechos que lo acusa de… infringir la ley No. 12.927 de Seguridad Interior del Estado.
Es decir, los símbolos patrios como el himno nacional, el escudo, la bandera, según nuestra normativa vigente, no representan el Estado… ¡SON EL ESTADO MISMO! Por lo tanto, si los reinterpretamos, resignificamos o satirizamos políticamente, socavamos la solidez de nuestra institucionalidad. Hay una larga –y lamentable– historia sobre este absurdo en nuestro país: la revista Punto Final, por ejemplo, caricaturizó a Pinochet sonándose con la bandera en una portada, tras las declaraciones del entonces comandante en jefe del Ejército ironizando sobre la exhumación de los restos de ejecutados políticos en Pisagua, a principios de los ’90.
Y tal vez el caso más sonado fue el de Alejandra Matus, quien en abril de 1999, tras publicar El libro negro de la justicia chilena, debió asilarse en Estados Unidos: Servando Jordán, por entonces ministro de la Corte Suprema, se querelló contra la periodista porque, según él, el libro atentaba contra el Estado al referirse de manera crítica a la labor de los jueces. Jordán invocó la supuesta violación del artículo 6 de la ley de seguridad interior del Estado.
Parte de dicho artículo (la letra B) fue derogada con la promulgación de la ley de prensa, en mayo de 2001. Sin embargo, se mantuvo intacta la protección a los símbolos patrios. Ha pasado más de una década desde entonces y debemos insistir en construir una democracia y no mantener una monarquía.
En 1989, la Corte Suprema de Estados Unidos reconoció que quemar la bandera de ese país forma parte consustancial del derecho a la libertad de expresión de sus ciudadanos. Y a pesar de varias intentonas de los conservadores por tipificarlo como delito vía ley federal, dicha jurisprudencia se ha mantenido a firme.
El caso del artista callejero temuquense una vez más nos muestra cómo este tipo de normativas de carácter monárquico tienen la mano bien larga y no alcanzan sólo a periodistas o líderes políticos, sino que están atentas a echarle el guante a cualquier insolente. No vaya a ser cosa que las instituciones no funcionen porque a alguien se le ocurrió quemar la bandera, rayar el escudo o hacer un cover del himno patrio.
*Coordinadora del Programa de Libertad de Expresión, Instituto de la Comunicación e Imagen, Universidad de Chile.
Fuente, vìa :
http://ciperchile.cl/2010/09/16/mala-patria/
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