Vivimos en un mundo en permanente transformación, al punto que un
formidable pensador de nuestra contemporaneidad, Zygmunt Bauman, ha
calificado nuestro mundo como líquido para contrastar con pasadas
formaciones sociales, sólidas o solidificadas. E indudablemente lo ha
hecho con mucho acierto.
Sin embargo, y sin el menor ánimo de
enmendar semejante plana, nuestro presente con toda la impetuosidad de
sus cambios y con la fluidez propia de ese devenir, presenta, como en un
nivel inferior, oculto, a la vez, cierta persistencia de rasgos que nos
obligan a complicar o complejizar el cuadro de comprensiones.
Observemos lo que pasa con la cuestión india en la Argentina.
La
atención a “los pueblos originarios”, se consagra en la Constitución de
1994, la que reconoce(ría) sus derechos, de modo categórico. Veamos
algunos pasajes que así lo expresan:
“Art. 75. Inc. 17. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos [sic].”
”Garantizar el respeto a su identidad […] reconocer
la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad
comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la
entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna
de ellas será enajenable […].”
Todos sabemos que esa
consagración ha salido al cruce de un desconocimiento “ancestral” para
con las poblaciones indígenas sobre cuyos territorios se configuró la
nación argentina. No sólo desconocimiento sino persecución y muerte o
superexplotación. Alcanza con mencionar algunos nombres de esa línea
histórica de represión, abuso y muerte: la Campaña del Desierto, el
trabajo en los quebrachales y en los ingenios, Rincón Bomba, Napalpí, lo
sucedido con “El Malón de la Paz” hace medio siglo e incluso
reciencito, con la delegación qom…
Todos sabemos, y somos cada vez
más conscientes de ello, que la nación argentina se construyó de
espaldas a las sociedades y etnias que la precedían en el asentamiento
de estos territorios, ahora argentinos, y que no sólo les dimos la
espalda −como Buenos Aires se la dio al río− sino que además les dimos
“palo”.
El gran articulador de esta política ha sido
el silencio. No hablar de “la cuestión india” le permitía suponer a
muchos que ese problema se extinguía, o desaparecía, para usar un
verbo con tanta trascendencia histórica en el país. (Hay gente, incluso
famosa que, por ejemplo, considera que “la basura” desaparece por el gracioso hecho de ponerla en una bolsita de plástico o procesarla con “máquinas”…).
En
este mes, el día primero para ser más exactos, se produjo el remate de
las tierras de Julio Abdala, en Santiago del Estero. Del propietario
Julio Abdala. Quien es además funcionario municipal y miembro del
partido gobernante; el Frente Cívico (radical). ¿Propietario? Al menos
está a su nombre el terreno que se procede a rematar. ¿Qué terreno es
ése? Leamos el Boletín Oficial: [1] “Inmueble
libre de ocupantes, completamente cubierto de vegetación […].” En
realidad, se trata de “parte del territorio del Ayllu Tulún Tulún, 400
ha.”, ubicado en El Alto, un sitio que hasta la concesiva Ley de Bosques
de 1997 califica como zona roja, que de ninguna manera puede destinarse
a otro fin que mantenimiento del bosque.
Ese inmueble “Tulun Tulun […] parte integrante del lote no 1, padrón inmobiliario no
4-0-00378. Según Título posee una superficie de 400 ha. [está …] en
condominio y en partes iguales al demandado Sr. Julio A. Abdala y a los
Sres. Raúl A. Gómez, Néstor O. Gómez y Amalfi E. Santarelli. Inmueble
libre de ocupantes [sic] […]. Registra la siguiente deuda por Impuesto
Inmobiliario: exigible $ 2183,22 […].”
Tulun Tulun
es un territorio que usa y ha usado ancestralmente la comunidad
diaguita-cacano. Es el bosque que le da energía y alimento. Pero que,
pese a la constitución de 1994, no los tiene como titulares. En cambio,
el “titular” de ese bien es un fulano del aparato
político-ideológico-estatal que no ha pagado ni siquiera los impuestos y
por dicha deuda, la provincia procede a rematar “sus bienes” para
cobrarse unos pocos miles de pesos.
Con esta operación, está de
más decir que se blanquea la propiedad del bien que una vez rematado
para cobrar esas chirolas, le otorgará un título de propiedad más
“redondito” a quien puje y gane en el remate. Que no serán por cierto
los diaguitas cacano.
Gracias a que cada vez hay más seres humanos atentos a un despojo indefendible, nos enteramos [2] que
esta misma operación fue realizada por el mismo fulano, Julio Abdala,
testimoniando a favor de otro “terrateniente” de origen cordobés,
Sbiglio, cuando “pretendió usurpar el territorio del Ayllu Puncu Atun, habitado por más de 40 familias” y “se presentó ante la Justicia provincial testificando que el lugar, también, se hallaba «libre de ocupantes».”
Pero esa vez, en 2007, no tuvo andamiento el despojo por la resistencia
de los aborígenes, aunque el litigio sigue pendiente en sede judicial.
Veamos
como describe La Fogata otro de esos intentos, todos realizados para
adueñarse de tierras que hoy en día se quieren sojizar: “Hacia
finales del año 2007, otro empresario se presenta aduciendo haber
comprado el campo denominado Toro Uman, también en El Alto, el cual se
encuentra dentro del territorio de las comunidades Puncu Atun, Codo y
Toro Uman. Ingresa con tractores, maquinaria pesada, topadora, rolos, y
destruye posesiones de las comunidades (cercos, potreros, deslindes,
caminos vecinales, plantaciones de árboles, etc.), destruye el bosque
(algarrobos, quebrachos, garabatos, breas, etc.) hábitat de animales
(chanchos del monte, zorros, tigres, etc.). En un primer momento se
presenta como Juan Manuel Juaire, denunciando a los pobladores por
‘hurto de productos forestales’, comenzando la policía un sistemático
acosamiento a los Atuniykus (caciques) y Consejeros de los Ayllus.
algunos de ellos ancianos acusados y sospechados de haberle producido
‘daños’ al alambrado de Juaire.” (Argentina: La lucha continúa
[2008] que titula el informe: “Comunidades campesinas e indígenas
denuncian usurpación de sus territorios y estrago rural. Acusan a parte
de empresarios terratenientes vinculados a la Sociedad Rural y el PRO”)
Tulun
Tulun, Toro Uman, Puncu Atun… apenas unas “perlas” del rosario de
despojos que siguen castigando a mbya guaraníes, wichíes, qom-tobas, nan
qom, diaguitas, diaguita cacano, mocovíes y tantas otras etnias y
naciones en el apetecido norte argentino.
Lo más
siniestro de la convocatoria al remate son las consideraciones jurídicas
preparatorias, donde se insiste con una imagen, un concepto: “libre de
ocupantes”. Los aparatos judiciales provinciales proceden a deglutir en
el sistema de propiedad nacional (o transnacional) un inmueble
mostrenco, que no tendría habitantes, titulares ni usuarios.
Todo lo cual es sencillamente falso. Un poco más: falsario. Fíjese el lector a donde va a parar el inciso constitucional no 17. [3]
Pero
este examen permite reconfortarnos porque cada vez se va haciendo más
difícil, porque cada vez está más a la vista, este mecanismo de “la ley”
como papel mojado…
Al cierre de estas líneas, una consulta con
el servicio del Poder Judicial de Santiago del Estero nos reveló
únicamente que el expediente que aquí hemos tratado de analizar, el no 341.555 (del fisco provincial), “no existe”. Tal vez, como los habitantes originarios…
Luis E. Sabini Fernández es Periodista, editor de futuros (www.revistafuturos.com.ar), integrante de la Cátedra Libre de DD.HH. de la Facultad de Filosofìa y Letras de la Universidad de Buenos Aires.
[1] no 19482, 30/5/2011.
[2] fte.: Observatorio Petrolero Sur.
[3] No
sólo la Constitución; el Parlamento, en 1992, mediante la ley 24071
refrendó un convenio con la OIT “sobre Pueblos Indígenas” (fte.: http://abc.gov.ar/docentes/efemerides/.../descargas/.../marconormativo.pdf ) y la ley 26160 (2006) declaró la emergencia de tierras indígenas contra todo desalojo.
Fuente,vìa :
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=130601

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