El recurso había sido presentado
a la Corte de Apelaciones por once comunidades indígenas, en rechazo a
la decisión de la Corema del pasado 23 de febrero.
En un fallo que comprende 54 páginas, la
Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección
interpuesto por once comunidades indígenas de San José de la Mariquina
en contra de la Resolución de Calificación Ambiental que calificó
favorablemente el Proyecto “Sistema de conducción y Descarga al mar de
Efluentes Tratados de Planta Valdivia” de Celulosa Arauco.
Cabe recordar que la Corema de Los Ríos
aprobó el mencionado estudio de impacto ambiental en una sesión pública
el pasado 23 de febrero de 2010, misma que terminó abruptamente por
desordenes de los asistentes, los que incluso hicieron que los Seremis
se retiraran en medio de monedas e insultos.
Esto hizo que una vez terminada la
instancia administrativa, las comunidades que se sintieron afectadas con
tal decisión recurrieron ante la justicia ordinaria con el objeto de
revocar la autorización ambiental respecto al ducto en Mehuín.
Los comuneros dieron como principales
argumentos, que la resolución ambiental era ilegal y arbitraria
precisamente por violar y no considerar la normativa indígena
correspondiente, tanto el deber de “consulta” del Convenio 169 de la
OIT, como la evaluación del impacto ambiental del proyecto en relación
al uso consuetudinario de las comunidades lafkenches en la zona, lo que
dicen, vulneraría la garantía de la igualdad ante la ley.
En concreto, el tribunal valdiviano
determinó que el trámite de la consulta en los términos exigidos no era
procedente, especificando que la Corema de Los Ríos al calificar
favorablemente el estudio, no incurrió en omisión discriminatoria ya que
todos los interesados pudieron hacer valer sus intereses en el
procedimiento, lo que significa que no existió violación al derecho a la
igualdad ante la ley. Igualmente, se desestimaron los argumentos de las
comunidades en torno a que el proyecto amenazara o privara el derecho a
pensar y cultivar sus propias creencias espirituales.
Finalmente, el fallo unánime de la Corte
de Apelaciones declara que los recurrentes (las once comunidades
indígenas de San José) omitieron señalar situaciones concretas que
avalen la denuncia de una supuesta vulneración al derecho a vivir en un
medio ambiente libre de contaminación.
Por Marcos Labra
Fuente: www.elnaveghable.cl
DECLARACIÓN PÚBLICA DE
COMUNIDADES LAFKENCHES
Maiquillahue 02 junio 2010
Ante el rechazo de la Corte de
Apelaciones de Valdivia al recurso de protección interpuesto por las
Comunidades Mapuche Lafkenche de la comuna de Mariquina, en contra de la
resolución de calificación ambiental del proyecto de descarga de los
químicos tóxicos de la planta de Celulosa Valdivia, exponemos lo
siguiente:
La decisión de la Corte de Apelaciones
de Valdivia desconoce abiertamente los derechos de los pueblos
originarios contemplados en el ratificado Convenio 169 de la OIT; ha
dejado en evidencia la desigualdad ante la Ley de los pueblos indígenas,
y no garantiza el derecho a poder ejercer igualitariamente el derecho a
participación política de los pueblos originarios.
En efecto, a la vista de los argumentos
sostenidos por los jueces, se observa como se pretende que el Convenio
internacional 169 se adopte al orden interno, cuestión rechazada de
plano en el Convenio, el que demanda al Estado “Deberán efectuarse
consulta de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con
al finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca
de las medidas propuestas”.
En el mismo sentido, el relator especial
de la Naciones Unidas sobre la situación de los Derechos Humanos y
Libertades fundamentales de los indígenas, James Anaya,
ha estipulado que la consulta contemplada por el Convenio debe ser
“previa”, no debe agotarse en la mera información, debe ser hecha de
buena fe, adecuada y a través de las instituciones representativas
indígenas, sistemáticas y transparentes, y deben ser realizadas con
miras de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento.
Por lo tanto, teniendo un escenario de
una empresa que ha utilizado la violencia sistemática en contra de las
comunidades Mapuche Lafkenche que se oponen al daño irreparable en su
Lafken ( Mar), que terminará con el uso ancestral del borde costero, y
de los antecedentes que la propia Corte ha recibido de los abusos de la
empresa Celco, las comunidades Mapuche Lafkenche, rechazamos
públicamente el dictamen que vulnera el derecho establecido
internacionalmente a favor de los pueblos originarios en el país.
Asociación de Comunidades
indígena Mapuche Lafkenche de la comuna de Mariquina
http://www.elciudadano.cl/2010/06/03/corte-rechazo-recurso-contra-resolucion-de-calificacion-ambiental-que-dio-el-si-al-ducto-de-celco/
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